Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala E, 28 de Agosto de 2019, expediente COM 022105/2018/CA001

Fecha de Resolución28 de Agosto de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala E

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E

22105 / 2018 TRANSACCIONES PRIVADAS S.R.L. c/ NAPOLI,

IVANNA CARLA s/EJECUTIVO

Juzg. 14 S.. 27 14-15-13

Buenos Aires, 28 de agosto de 2019.-

Y VISTOS:

En el caso, la aplicación de las pautas arancelarias generales previstas en la ley 27.423,

conduciría a la fijación de honorarios inferiores al mínimo previsto en el art. 58 de dicho ordenamiento.

Consecuentemente, corresponde la aplicación de los aranceles mínimos, de acuerdo a las etapas efectivamente cumplidas en el proceso.

En tal virtud, se elevan a 4,2 UMA que hoy representan en DIEZ MIL SETENTA Y DOS PESOS ($

10.072) los honorarios regulados a favor del letrado apoderado de la ejecutante, doctor A.G.S.F. (ley 27.423: arts. 16, 19, 20, 21, 22 y 58).

Por las actuaciones en la incidencia resuelta a fs. 50/1, se confirman los emolumentos del doctor A.G.S.F. (ley cit.: 16, 21 y 29 inc. g).

Fecha de firma: 28/08/2019

Alta en sistema: 17/10/2019

Firmado por: M.F.B., JUEZ DE CAMARA 22105 / 2018

Expte. N°

Firmado por: ÁNGEL O. SALA, JUEZ DE CAMARA

1

Firmado por: H.M., JUEZ DE CÁMARA

Firmado(ante mi) por: M.L.M., PROSECRETARIA DE CÁMARA

Comuníquese (cfr. Acordada C.S.J.N. N°

15/13).

H.M.

ÁNGEL O. SALA

M.F.B.

M.L.M.

PROSECRETARIA DE CÁMARA

Fecha de firma: 28/08/2019

Alta en sistema: 17/10/2019

Firmado por: M.F.B., JUEZ DE2018

Expte. N° 22105 / CAMARA

Firmado por: ÁNGEL O. SALA, JUEZ DE CAMARA

2

Firmado por: H.M., JUEZ DE CÁMARA

Firmado(ante mi) por: M.L.M...

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