El trámite de la liquidación de negocios

AutorLenin Sulca
CargoEstudiante de la Universidad Central del Ecuador

El trabajo, constituye un bien del hombre. Y es no sólo un bien útil o "para disfrutar", sino un bien digno, es decir, que corresponde a la dignidad del hombre -es un bien de su humanidad-, porque mediante el trabajo el hombre no sólo transforma la naturaleza adaptándola a las propias necesidades, sino que se realiza a sí mismo como hombre, es más, en un cierto sentido, "se hace más humano". Etimológicamente la palabra trabajo viene de la voz latina trabs, que significa traba, obstáculo, dificultad. De acuerdo con esta acepción, el trabajo sería la³lucha contra las dificultades, lucha que es necesaria al hombre para atender la satisfacción de sus necesidades vitales´. También podría venir de la locución latina labor laboris, que significa "actividad encaminada a producir, a realizar algo´.¿Pero qué pasaría si se presentasen ciertas dificultades que obstruyan este bien para el hombre como es el trabajo, el mismo que por su naturaleza se le considera como negocio jurídico; obstáculos, como la falta del pago de deudas,remuneraciones, por fuerza mayor, por quiebra, concurso o por simplemente despido, qué debería proseguir, para que principalmente la parte más débil de la relación laboral, "el trabajador´ no fuera el perjudicado?Es que lo que debería proseguir como solución inmediata al problema, es el pago de deudas y el cobro de créditos, todo lo que encierra el concepto de "liquidación´, lo que queda en la misma manera de la que se expresa, como un concepto, puesto que su efectivo y obligatorio cumplimiento, en condiciones por lo menos igualitarias para ambas partes o favorables para el trabajador, lo que de manera indudable escomo debiera ser, pues así lo exige el derecho social,el derecho laboral y la vida cotidiana.. La doctrina jurídica y la ley nos menciona que debe determinarse el origen dela liquidación, por ejemplo cuando se diera por circunstancias de fuerza mayor se procederá a la indemnización simple, o por otro lado por la voluntad o culpa de la empresa liquidada, los despidos versarán sobre el patrimonio de dicha empresa. Pero la regla general, que se maneja en las diferentes legislaciones, y que en otras se aplica aunque no se la disponga en cuerpo legal alguno de manera expresa, nos menciona que el empleador, sea persona natural o jurídica, en cualquier instante, puede efectuar el acto de liquidación, por lo que desde el primer momento asistimos al arbitrio de la parte empleadora, que siempre pone en frente el...

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