Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 21 de Abril de 2010, expediente 60217

Fecha de Resolución21 de Abril de 2010

fJ/J~ ~ dek cY1íacúm oS!tñode¡P7J~w INCIDENTE DE TRABA DE CONTIENDA NEGA TIV A DE COMPETENCIA CON EL JUZGADO

CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL N° 2 DE SAN ISIDRO, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

TESTIMONIO DE LA CAUSA W 1.705/05 NRO. INTERNO 1280: "N.N. -CONTRIBUYENTE: BV A

S.A.- SOBRE EVASIÓN TRIBUTARIA SIMPLE". J.N.P.T.. W 1. SALA "B" CAUSA N° 60.217. FO 281.

ORDEN N° 23.156.

I.A., 2~ de abril de 2.010.

VISTOS:

La cuestión de competencia negativa trabada entre el Juzgado Nacional en lo Penal Tributario N° 1 Y el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 2 de San Isidro, provincia de Buenos Aires.

El dictamen de fs. 14/16, por el cual el señor fiscal general de cámara contestó la vista que le fue conferida a fs. 13.

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en :J 1°) Que, por la resolución de fs. 599/603 de los autos principales,

el juzgado "a quo" se declaró incompetente en razón del territorio para seguir interviniendo en la causa principal y dispuso la remisión de la misma al Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 2, de San Isidro, provincia de Buenos Aires.

  1. ) Que, por la resolución cuya copia obra a fs. 614/615 vta. de los autos principales, el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 2,

    de San Isidro, provincia de Buenos Aires, dispuso no aceptar la competencia atribuida y remitió nuevamente la causa al juzgado "a quo ", el cual, por la resolución cuya copia obra a fs. 634/635 vta. de los autos principales, trabó la cuestión de competencia que viene a estudio de este Tribunal.

  2. ) Que, toda vez que en la causa principal se investiga la presunta comisión del delito tipificado por el arto 1° de la ley 24.769, el domicilio fiscal constituye "... la regla de determinación de la competencia en razón del territorio, en la medida en que se considera que revela el lugar de comisión del presunto hecho que constituye el objeto procesal en un sumario (confr. R.. Nos. 74/96, 301/96, 445/96 Y 871/98, entre otros de esta Sala "B")". (confr. R.. Nos. 259/03 y 156/10, entre otros, de esta Sala "B").

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