Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 27 de Septiembre de 2022, expediente CAF 046836/2022/CA001
Fecha de Resolución | 27 de Septiembre de 2022 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
FEDERAL- SALA V
46836/2022
TPC COMPAÑIA DE SEGUROS SA (TF 62566302-A) c/ DGA s/RECURSO
DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
Buenos Aires, de septiembre de 2022.-
VISTOS
Y CONSIDERANDO:
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Que el 10 de septiembre de 2021 el Tribunal Fiscal de la Nación declaró la nulidad del auto de apertura de sumario y; en consecuencia, declaró prescripta la acción del Fisco para imponer penas y para perseguir el cobro de tributos por la infracción al artículo 970 del Código Aduanero, relativa a la operación de importación temporal n° 06 001 IT14
008525 X Concretamente, en el caso, se le había exigido a la firma actora,
conjuntamente con la firma importadora, el pago de 2.984,70 dólares estadounidenses en concepto de tributos más 8.212,22 pesos en concepto de IVA adicional y Ganancias. Impuso las costas al Fisco que resultó
vencido.
Para así decidir, puso de manifiesto que el acto mediante el cual se dispuso la apertura del sumario no cumplía con los elementos requeridos, de manera tal que carecía de los efectos suspensivos e interruptivos del plazo de prescripción de la acción del Fisco para reclamar tributos e imponer multas. En tal sentido, destacó que en el artículo 1.094 del Código Aduanero se fijan las condiciones que aquél debe cumplir, con el sentido de que el administrado pueda conocer, con carácter previo a la presentación de su defensa, los hechos concretamente investigados, el resultado de la verificación, clasificación, valoración de la mercadería involucrada, así como también la liquidación de los tributos y las posibles medidas cautelares.
En consecuencia, concluyó que al resultar nulo el auto de apertura de sumario, no pudo suspender ni interrumpir el cómputo del plazo de la prescripción para reclamar tributos e imponer penas.
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Contra esa sentencia, el Fisco apeló y expresó agravios el 19 de octubre de 2021, los que no fueron replicados por la actora.
Se agravia en cuanto a que la sentencia apelada acogió la defensa de prescripción en tanto considera que el Tribunal Fiscal Fecha de firma: 27/09/2022
Alta en sistema: 28/09/2022
Firmado por: M.L.A., SECRETARIA DE CAMARA
Firmado por: PABLO GALLEGOS FEDRIANI, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA
realizó una indebida interpretación de lo establecido en el artículo 1094 del Código Aduanero. Sostiene que el auto de apertura de sumario reúne los elementos requeridos en el mencionado artículo de...
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