Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 28 de Noviembre de 2019, expediente CIV 048569/2018

Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2019
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H 48569/2018. TOZZOLA, L.M. c/ NIZA CIENTIFICA SA s/EJECUCION DE ALQUILERES Buenos Aires, 28 de noviembre de 2019.- MS fs. 140 AUTOS Y VISTOS;

Y CONSIDERANDO:

Fueron remitidos los autos a esta Sala para resolver el recurso de apelación interpuesto a fs. 125 - concedido a fs. 126 -, contra la sentencia dictada a fs. 123/124.- El memorial obra agregado a fs. 127/128 y fue contestado a fs. 131/133.-

Se intentó en esta instancia que las partes llegasen a un avenimiento, lo cual no fue posible tal como resulta del acta de fs.

138.-

  1. Cuestiona la parte ejecutante la decisión que hizo lugar a la excepción de pago total y documentado opuesta por la ejecutada.- Sustenta esencialmente la crítica en la afirmación de que de ninguna prueba documental surge de que las partes hayan finalmente acordado el pago de la suma de $ 42.000.- en concepto de alquiler.- Sostiene que le causa gravamen que la a quo considerase que el reclamante reconoció un valor de $ 42.000.- al canon locativo, cuando solo fueron negociaciones previas que el inquilino no aceptó.-

    Lo demás decidido a fs. 123/124, no fue cuestionado por ninguna de las partes, razón por la cual solo cabe examinar en esta instancia el agravio indicado precedentemente, vinculado a lo resuelto en el punto 5 de la sentencia.-

  2. Cabe señalar liminarmente, que el tribunal de apelación no se encuentra obligado a seguir a los litigantes en todas sus argumentaciones, ni a refutar éstas una por una, en tanto posee amplia libertad para ordenar el estudio de los hechos y de las distintas cuestiones planteadas asignándoles el valor que corresponda a las que realmente lo tengan y sean decisivas para fundar la sentencia, Fecha de firma: 28/11/2019 Alta en sistema: 04/12/2019 Firmado por: C.KIPER, L.. ABREUT DE BEGHER, Jueces de Camara #32283958#250712118#20191126090516678 pudiendo prescindir en consecuencia de aquéllas que no sirvan a la justa solución de la litis.

    Partiendo de esta pauta directiva, se resolverá la cuestión.-

  3. En la especie, el ejecutante ha sustentado el reclamo en la Adenda al Contrato de Locación que obra agregada a fs. 8/10 del expediente conexo que se tiene a la vista, nro. 48568/2018, caratulado “Tozzola, L.M. c/ Niza Científica A. y Ot. s/ desalojo”, que se encuentra en trámite. El citado instrumento, como así también el referido Contrato de Locación, han sido reconocidos por la parte demandada. El inmueble objeto de la locación es el de Av...

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