Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 22 de Noviembre de 2022, expediente CIV 077550/2022/CA001

Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2022
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H

77550/2022

TOSCANO, M.R. c/ ADMINISTRACION DE

INGRESOS PUBLICOS AFIP ESTADO NACIONAL

MINISTERIO DE ECONOMIA s/AMPARO

Buenos Aires, de noviembre de 2022.- FE

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Las presentes actuaciones fueron remitidas al Tribunal con motivo del recurso de apelación interpuesto y fundado por el accionante el 13 de octubre de 2022 contra el pronunciamiento dictado el 11 de octubre del mismo año. Mediante la resolución recurrida, el Sr. Juez de grado rechazó in limine la acción de amparo promovida.

    Para fundar la crítica el apelante sostiene que que la presente acción de amparo no se interpuso contra la decisión de un juez sino contra los actos precedentes que la motivaron. Argumenta que la acción tiene por finalidad el cese de la ejecución de la sentencia hasta tanto pueda gozar su parte de la garantía de defensa en juicio y que sus derechos no fueron vulnerados por el Poder Judicial sino por la acción de los representantes de la AFIP que dieron lugar al proceso judicial en el cual fue condenado. Insiste que no pretende ahondar en un cuestionamiento de una decisión judicial sino evitar su ejecución hasta tanto no se dirima la legitimidad del sumario, que debe ser objeto de revisión, dado el nuevo juicio iniciado ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal nro. 6.

    El Sr. Fiscal de Cámara dictaminó el 26 de octubre de 2022,

    quien propicia la confirmación de la decisión apelada.

  2. De acuerdo fue expuesto en el escrito liminar, M.R.T. promovió la presente acción de amparo contra la Administración Federal de Ingresos Públicos-AFIP-, con el propósito Fecha de firma: 22/11/2022

    Firmado por: L.E.A.D.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.M.K., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.B.F., JUEZ DE CAMARA

    de que “…cese de ejecutar la sentencia judicial dictada por el Juzgado Federal de la Ciudad de Campana, Secretaría n. 1 de la Cámara Federal de San Martin, dictada en los autos “AFIP- DGI v. Toscano,

    M.s.C. de pesos- Sumas de dinero” (expediente n.

    74.577/16), por ser arbitraria e ilegítima.

    Relató que en el año 1999 se desempeñaba como funcionario de AFIP en el sector de verificación de créditos fiscales ante concursos y quiebras. Con motivo de un concurso preventivo y de conformidad con la potestad otorgada por su función de agente fiscal realizó un allanamiento en dicho proceso a fin de obtener el cobro una suma de dinero a favor de la AFIP.

    A raíz de dicho allanamiento, que consta en la causa “N.L.S.A.

    S/ Concurso Preventivo de Acreedores”, tramitada ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 16, S. Nro. 32, de la CABA, se iniciaron actuaciones sumariales en su contra con la imputación de haber violado una normativa interna que no lo habilitaba a realizar tal allanamiento sin autorización previa y expresa de sus superiores. En dicho sumario, se concluyó que existía un perjuicio fiscal contra la AFIP configurado por la pérdida de chance,

    por lo cual se decretó la responsabilidad disciplinaria...

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