Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I, 26 de Abril de 2017, expediente CNT 048502/2016/CA001

Fecha de Resolución26 de Abril de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA INTERLOCUTORIA NRO. 68.196 CAUSA NRO.48.502/2016 AUTOS: “TORRES JUAN ANGEL C/ GALENO ART S.A. S/ ACCIDENTE –

LEY ESPECIAL”

JUZGADO NRO. 4 SALA I Buenos Aires, 26 de Abril de 2017 VISTOS:

El recurso de apelación deducido por la parte actora a fs. 32/37, contra el pronunciamiento de fs.30/vta., por el cual la Sra. Jueza de grado, de conformidad con lo dictaminado por el F. a fs.29, se declaró incompetente, en razón de la materia para entender en el reclamo por el accidente denunciado en la demanda, porque consideró que regía lo normado en los arts. 4º y 17 inc.

  1. de la Ley 26.773, que no suscita reproche constitucional, y ordenó su remisión a la Justicia Nacional en lo Civil (ver fs. 30 vta.).

CONSIDERANDO:

Cabe recordar, que para dilucidar cuestiones de competencia debe atenerse a la exposición de los hechos expuestos en la demanda, a la que le es exigible autosuficiencia sobre dicha temática (conf. Arts. 4 CPCCN y 67 L.O.).

Desde esta perspectiva, se observa que el hecho dañoso denunciado como generador de la responsabilidad habría ocurrido estando vigente la nueva ley.

En este sentido, el propio actor relata un evento traumático ocurrido el día 21 de Mayo de 2015 (ver fs. 4 vta punto II).

Que, los integrantes de esta S. ya han tenido oportunidad de expedirse sobre la competencia en razón de la materia, en la causa Nº

38.408/2015, “LUYO JAKIE ORLANDO DIEGO C/ INC S.A. Y OTRO S/

ACCIDENTE – ACCION CIVIL”, Sent. Int. Nº 67.648 del 2/09/2016, a cuyos fundamentos cabe remitirse en homenaje a la brevedad y debe ser considerado como parte integrante del presente, dejando expresa constancia que el pronunciamiento indicado se encuentra incorporado en la página web:

(pjn.gov.ar consulta de causas), donde por voto de la mayoría, se confirmó

la resolución apelada que declaró la incompetencia en razón de la materia de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR