Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 10 de Mayo de 2011, expediente 11.490/2004

Fecha de Resolución10 de Mayo de 2011

Poder Judicial de la Nación CAUSA N° 11.490/2004 – S.

  1. – THE TOPPS COMPANY INC. C/ VALPAFE S.A. S/

CESE DE OPOSICIÓN AL REGISTRO DE MARCA.

Juzgado Nº 7

Secretaría Nº 13

En Buenos Aires, a los 19 días del mes de mayo de 2011, se reúnen en Acuerdo los jueces de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal para dictar sentencia en los autos mencionados en el epígrafe, y de conformidad con el orden del sorteo efectuado, la doctora M.S.N. dijo:

  1. El señor juez de primera instancia estimó que la parte actora tenía interés legítimo en solicitar el registro de la marca “BIG BABY POP” por A. n° 2.375.290 y en pretender la caducidad de la marca “BIG DADY” de titularidad de la empresa oponente. En atención a la falta de contestación de la demanda y a los efectos de la ausencia de la parte demandada a la audiencia de absolución de posiciones (pliego que corre a fs. 377), el magistrado tuvo por demostrado el desinterés de la demandada y la falta de uso del signo en el mercado argentino. Consecuentemente, hizo lugar a la ampliación de la demanda (fs. 164) y declaró la caducidad de la marca “BIG DADY” registrada en las clases 30 y 29 bajo n°

    1.587.554 y n° 1.684.700. Dispuso, asimismo, que una vez firme la decisión se inscribiera la caducidad en el registro del Instituto Nacional de Propiedad Industrial e impuso las costas del proceso a la empresa Valpafe S.A.

  2. Con posterioridad al dictado de la sentencia de primera instancia, se presentó

    la firma demandada por apoderado (fs. 385/386) pidiendo el reconocimiento de su calidad de parte y constituyendo domicilio. Interpuso apelación exclusivamente respecto de los honorarios regulados, por considerarlos elevados. El recurso fue concedido a fs. 386vta. La sentencia fue apelada por la parte demandada, cuyo recurso fue concedido libremente a fs.

    388vta. El memorial de agravios corre a fs. 403/404, y no recibió respuesta de la parte contraria.

    También se han interpuesto recursos en materia de honorarios a fs. 387.

  3. La empresa The Topps Company Inc. presenta por apoderado un único agravio, que es relativo a la falta de pronunciamiento sobre el levantamiento de la oposición deducida por Valpafe S.A. contra el registro por la empresa actora de la marca “BIG BABY

    POP” (ver fs. 7). Afirma que esa pretensión fue formulada en la demanda y que el señor juez ha decretado la caducidad de la marca oponente, sin declarar expresamente cuáles son los efectos de esa caducidad sobre el acto de oposición, situación que causa agravio a la demandante.

    En los límites con que se ha abierto la jurisdicción de esta Alzada, destaco que la parte actora solicitó el levantamiento de la oposición deducida contra la solicitud pretendida por A. n° 2.375.290, en un primer...

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