Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 27 de Mayo de 2020, expediente Rc 123731

PresidentePettigiani-Genoud-Kogan-Torres
Fecha de Resolución27 de Mayo de 2020
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

"T.R.J.L. C/ TELECOM PERSONAL S.A. S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)"

La Plata, 27 de Mayo de 2020.

AUTOS Y VISTOS:

  1. La Sala I de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Bahía Blanca -en lo que aquí interesa- confirmó la sentencia pronunciada por el magistrado de la instancia de inicio quien, a su turno, hizo parcialmente lugar a demanda por daños y perjuicios incoada por el doctor J.L.T.R. -como abogado en causa propia- contra Telecom Argentina S.A. (v. fs. 296), por lo que condenó a la accionada a abonar a aquél la suma de treinta y seis mil novecientos quince pesos con setenta y tres centavos ($ 36.915,73), con más los intereses a la tasa que determinó (v. fs. 329/338 y fs. 316/323, respectivamente).

    Frente a dicho pronunciamiento, el legitimado activo dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (v. escrito electrónico de fecha 22-X-2019), el que fue concedido (v. fs. 342).

  2. Pasando a analizar los recaudos de admisibilidad de la vía recursiva impetrada, corresponde señalar que la misma debió interponerse ante el tribunal que dictó la sentencia definitiva dentro del plazo perentorio de diez días contados a partir de la notificación respectiva (art. 279, CPCC, conf. doctr. causas C. 119.357, "Tau", resol. de 12-XI-2014; C. 119.275, "Yovine", resol. de 3-XII-2014 y C. 121.566, "Fideicomiso de Recupero Crediticio Ley 12.726", resol. de...

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