Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 20 de Diciembre de 2016, expediente CAF 001356/2015/CA001

Fecha de Resolución20 de Diciembre de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV CAUSA Nº 1356/2015/CA1: TOMALINO, N.E. Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG En Buenos Aires, a 20 de diciembre de 2016, reunidos en acuerdo los señores jueces de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, a efectos de conocer de los recursos interpuestos en los autos caratulados: “TOMALINO, N.E. Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG”, contra la sentencia de fs. 64/65, el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El señor juez de Cámara J.E.M. dijo:

  1. ) Que, la señora jueza de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó al Estado Nacional –Policía Federal Argentina– a incorporar al concepto “haber mensual” de los actores los adicionales establecidos por los decretos 2744/93 (y sus modificatorios), como remunerativos y bonificables, y a abonar el retroactivo correspondiente a partir de los cinco años anteriores a la interposición de los reclamos administrativos previos. Añadió que las diferencias mensuales devengarían –hasta su efectivo pago– un interés equivalente a la tasa de interés pasiva (art. 10 del dto. 941/91 y art. 8º, segundo párrafo del dto.

    529/91). Impuso las costas por su orden.

  2. ) Que contra ese pronunciamiento, tanto el Estado Nacional como los actores interpusieron recursos de apelación (confr. fs. 66 y fs.

    68), que fueron libremente concedidos a fs. 67 y fs. 69, respectivamente.

    Puestos los autos en la Oficina, el demandado expresó sus agravios a fs. 72/74vta., que fueron contestados a fs. 78/83.

    Se agravia básicamente, de que se haya hecho lugar a la demanda en relación a los decretos 2744/93 –y sus modificatorios–, del plazo de prescripción aplicable y de la tasa de interés dispuesta por la jueza de grado.

    Fecha de firma: 20/12/2016 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA #24648462#168862865#20161220142130246 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV CAUSA Nº 1356/2015/CA1: TOMALINO, N.E. Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG Por su parte, los actores presentaron sus críticas a fs.

    76/vta., que no...

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