TITULOS SUPLETORIOS - AUTOS 4908 'SALDAÑO ANTONIO ALEJANDRO C/ TOMASSINI DE TRUFFA Y OT. P/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA

Fecha de la disposición 5 de Febrero de 2018

Juez 2º Juzgado de Gestión Judicial Asociada, 1º Circunscripción Judicial de Mendoza, en autos Nº4.908 caratulados " SALDAÑO ANTONIO ALEJANDRO C/ TOMASSINI DE TRUFFA Y OT. P/PRESCRIPCION ADQUISITIVA hace saber a los terceros interesados y posibles sucesores de la Sra. Nelly Elena Truffa la sentencia recaída a fs. 343 Mendoza, 7 de diciembre de 2017....RESUELVO:I.- Conforme al convenio adjunto a fs. 330, y las razones expuestas en los considerandos, adjudicar en la cuota parte correspondiente al Sr. Antonio Alejandro Saldaño conforme dispositivo I de la sentencia recaída a fs. 271/74 y su aclaratoria de fs. 283, a su heredera Patricia Susana Saldaño declarada en los autos N° 258.585, caratulados “SALDAÑO, Antonio Alejandro p/ Sucesión” originarios de este tribunal. En todo lo demás deberá respetarse lo ordenado en la sentencia de fs. 271/74.-II.- Ofíciese a los registros y reparticiones que corresponda respecto del inmueble inscripto bajo el dominio número 7957, fs. 817 del tomo 70 de Godoy Cruz.-PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE, junto con la resolución de fs. 271/74 y su aclaratoriade fs. 283 .- Fdo: Dr. Carlos DALLA MORA – Juez.-A fs. 271 Mendoza, 5 de agosto de 2016.....RESUELVO:I.- Admitir la demanda promovida por Sres. Alejandro Antonio Saldaño, Ernesto Adrian Saldaño,Gabriel Alejandro Saldaño y Patricia Saldaño y, en consecuencia, declarar que se ha operado a su favor la prescripción adquisitiva del inmueble ubicado en calle Guisasola N° 1980, de Gobernador Benegas, Godoy Cruz, individualizado como lote N° 15, Manzana B, Loteo Luis Tomassini, de Benegas, departamento de Godoy Cruz, con una superficie según plano de 237,05 m2, proveniente de una mayor según título de 2071,86 m2, inscripto en el Registro de Propiedad como 1° Inscripción, al número 7957, fs. 817 del tomo 70 de Godoy, Padrón Municipal 19294, NC 05-03-05-0023-000013-0000-9. Fijar la fecha 1 de enero de 1967, a los fines de cómputo ordenado por el Art. 1.905 del código Civil y Comercial de la Nación, debiéndose oportunamente inscribirse el mismo en condominio en la proporción del 50% a favor del Sr. Antonio Alejandro Saldaño en su carácter de cónyuge supérstite de la Sra. Teresa Norma Alcaraz, y como consecuencia de la disolución de la sociedad conyugal y el restante 50 % en condominio en partes iguales a los Sres. Gabriel Alejandro Saldaño y Patricia Susana Saldaño como herederos declarados de la causante.II.- Firme que quede la presente, oblados los aranceles...

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