Títulos ejecutivos electrónicos

AutorDeolinda Sabina Almada
Páginas1-11
Almada, Títulos ejecutivos electrónicos
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Títulos ejecutivos electrónicos*
Por Deolinda Sabina Almada
Introducción
La República Argentina se encuentra conformada por veintitrés provincias y la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo su sistema de gobierno representativo,
republicano y federal. Conforme su Constitución Nacional, los Estados provinciales
conservan los poderes y facultades que no delegaron al Estado federal. En la práctica,
y en lo que hace al objeto de este trabajo, ello se ve reflejado en la existencia de tantos
códigos procesales como provincias existen, centrándome, en lo respectivo, a lo que
ocurre en la provincia de E. Ríos, donde resido.
A finales de diciembre de 2019, comenzaron a detectarse los primeros casos
de neumonía en Wuhan (China), producidos por el virus, que luego pasaría a cono-
cerse como SARS-CoV-2, cuya veloz y sorprendente expansión territorial ameritó que
la Organización Mundial de la Salud (OMS) lo calificare de “pandemia de coronavirus”.
Se produjo una impetuosa aceleración hacia la desmaterialización, donde el
universo analógico fue perdiendo terreno frente a las bondades que ofrecía –y ofrece–
el formato electrónico. Nuestro vocabulario se vio incrementado con términos tales
como e-cheq, pagarés electrónicos, contratos electrónicos, firmas digitales y electró-
nicas, entre otros.
Mi provincia no fue ajena a la pandemia, como tampoco, a las consecuencias
jurídicas electrónicas que se produjeron. Fue así que los tribunales tuvieron que ade-
cuarse a las necesidades que se presentaron frente al nuevo mundo digital, y en ho-
ras, la despapelización se materializó en el nacimiento del tantas veces anunciado
expediente digital. En cuestión de días lo que hasta ayer había sido objeto de cursos,
proyectos, etc., debió, por imperio de la pandemia y las medidas de seguridad adop-
tadas en consecuencia, materializarse so pena de incurrir en la paralización de la ac-
tividad judicial.
En estas circunstancias comenzamos a abordar los desafíos que nos proponen
los llamados “títulos ejecutivos electrónicos”, carentes de legislación.
En virtud de ello, en el presente, me dispondré a analizar los premencionados
instrumentos en general, los que, por decantación, engloban a los particulares, que
relego para otra instancia.
Me propongo con este trabajo invitar a sus lectores a reflexionar sobre la au-
sencia de legislación procesal entrerriana en materia de ejecución de estos instrumen-
tos electrónicos; pero desde una visión superadora de la mera queja por la orfandad,
demostrando la urgente necesidad que tenemos los operadores jurídicos, en contar
con una ley procesal acorde a la realidad, a la par de proponer soluciones que estimo
* Bibliografía recomendada.

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