El texto completo del proyecto de ley sobre el aborto

El oficialismo presentó un proyecto de ley para derogar la ley del aborto

El partido La Libertad Avanza presentó este miércoles 7 de enero en el Congreso un proyecto de ley para derogar la Ley 27.610, que regula la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) . La iniciativa lleva la firma del jefe de bloque oficialista, Oscar Zago , y de otros legisladores, entre ellos Lilia Lemoine .

El proyecto define al aborto como un " delito " y señala que la ley es " anticonstitucional " . Además de deslegalizar la interrupción del embarazo, también plantea penalizarlo. "Respecto de la no punibilidad de los abortos de embarazos originados en una violación, decidimos eliminar la causal de no punibilidad por entender que la misma ha sido sistemáticamente interpretada como una justificación de la práctica", señalaron los legisladores en los argumentos de la presentación del proyecto.

En tanto, no contempla que queden exceptuadas las violaciones como no punibles , a diferencia de lo que establecía el Código Penal antes de ser reformado con la legalización del aborto. Si se aprueba, quedarían a discrecionalidad de los magistrados: "El juez podrá disponer que se exceptúe de la pena a la mujer en atención a los motivos que la impulsaron a cometer el delito, su actitud posterior y la naturaleza del hecho", establece el documento.

Por parte desde el Gobierno anunciaron que la inicativa no es de Javier Milei . En su conferencia de prensa habitual, el vocero presidencial, Manuel Adorni , aseguró que la decisión de discutir la derogación de la ley de aborto legal "no está en la agenda del Presidente" . "Estamos preocupados, abocados y trabajando sin descanso en otros temas muchísimo más urgentes y, si se quiere, relevantes que este. [La iniciativa] no está impulsada por el Poder Ejecutivo ", agregó.

A continuación, el texto completo del proyecto de ley oficialista para deslegalizar y penalizar el aborto.

El texto completo del proyecto de ley sobre el aborto En la Argentina, se aprobó la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) en 2020

2024 - AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados, sancionan con fuerza de Ley

DEROGACIÓN DE LA LEY 27610

ARTICULO 1°. - Derogase la Ley 27610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE)

ARTICULO 2° - Modificase el artículo 85 del Código Penal de la Nación, el que quedará redactado de la siguiente manera:

ARTICULO 85. - El que causare un aborto será reprimido:

1º Con reclusión o prisión de tres (3) a diez (10) años, si obrare sin consentimiento de la mujer. Esta pena podrá elevarse hasta quince (15) años, si el hecho fuere seguido de la muerte de la mujer.

2º Con reclusión o prisión de uno (1) a cuatro (4) años, si obrare con consentimiento de la mujer.

El máximum de la pena se elevará a seis (6) años, si el hecho fuere seguido de la muerte de la mujer.

ARTICULO 3° - Derogase el art. 85 BIS del Código Penal de la Nación.

ARTICULO 4° - Modificase el artículo 86 del Código Penal de la Nación, el que quedará redactado de la siguiente manera:

ARTICULO 86. - Incurrirán en las penas establecidas en el artículo 85 y sufrirán, además, inhabilitación especial por doble tiempo que el de la condena, los médicos, cirujanos, parteras o farmacéuticos que abusaren de su ciencia o arte para causar el aborto o cooperaren a causarlo.

El aborto causado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta y con el fin de evitar un peligro inminente para la vida de la madre no es punible, siempre que el peligro no pueda ser evitado por otros medios.

ARTICULO 5° - Modificase el art. 88 del Código Penal de la Nación, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"ARTICULO 88. - Será reprimida con prisión de uno (1) a tres (3) años, la mujer que causare su propio aborto o consintiere en que otro se lo causare. La tentativa de la mujer no es punible. El juez podrá disponer que se exceptúe de la pena a la mujer en atención a los motivos que la impulsaron a cometer el delito, su actitud posterior, y la naturaleza del hecho."

ARTICULO 6° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

El 15 de enero de 2021 se publicó en el Boletín Oficial de la Nación la ley 27610, que regula la llamada "Interrupción Voluntaria del Embarazo".

Entendemos que dicha ley no es constitucional, y contraría el sentir general del pueblo argentino y y que no contempla la dignidad de la persona humana, razones por la cuales corresponde promover su derogación.

En su promulgación redundan aspectos específicos a los que nos referiremos

Un punto es la denominación misma del procedimiento legislado "Interrupción Voluntaria del Embarazo", la misma no es más que falsificación al llamar al acto que es, lisa e indubitablemente un aborto, por lo que fue claramente la intención la de confundir a partir de un eufemismo que lo único que persigue es hacer creer el reconocimiento por ley de un derecho al aborto, mientras que se está realmente ante el derecho a acabar con la vida de la persona por nacer.

El comienzo de la vida humana hace tiempo que ha sido aclarada por la ciencia. En efecto, la genética moderna ha demostrado que desde el instante de la fecundación se forma un nuevo individuo de la especie humana, con carga cromosómica propia, característica que...

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