Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 8 de Mayo de 2019, expediente Rc 122682
Presidente | Soria-Negri-Kogan-Genoud-de Lázzari |
Fecha de Resolución | 8 de Mayo de 2019 |
Emisor | SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA |
"TERMINALES Y SERVICIOS S.A. C/ TOIA NORMA MARTA S/ MEDIDAS CAUTELARES"
La Plata, 8 de Mayo de 2019.
AUTOS Y VISTOS:
El señor Juez doctor S. dijo:
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En las presentes actuaciones Terminales y Servicios S.A. inició demanda de daños y perjuicios contra N.M.T., titular de un portal de noticias, por considerar que las publicaciones que identificó carecen de sustento y al involucrar a esa firma en delitos, perjudican su imagen, buen nombre, prestigio y reputación comercial e institucional (v. fs. 316/362).
Asimismo pidió el cese definitivo de la difusión de publicaciones injuriantes y agraviantes por parte de la demandada, la eliminación permanente de los artículos constatados mediante certificación notarial del portal de noticiaswww.diariolaverdad.com.ary de los perfiles de F. del diario y de la accionada, de los comentarios a las mismas y toda otra publicación ofensiva, la rectificación del contenido y control sobre comentarios que se inserten (v. fs. 318).
Solicitó se ordene la eliminación de esas notas de buscadores de internet, y requirió la publicación de la sentencia que se dicte acogiendo las pretensiones en periódicos de amplia circulación nacional y local (v. fs. 318 y vta.).
Añadió, en petición cautelar, el cese inmediato en la difusión de artículos injuriantes en su contra a través del sitio web mencionado y perfiles de F. del mismo y de la demandada y la eliminación de las publicaciones constatadas por N. y sus comentarios y toda otra expresión ofensiva de todo buscador de internet, hasta que se dicte sentencia (v. fs. 318/vta. y 345 vta./355).
La señora jueza a cargo del Juzgado Primera Instancia en lo Civil y Comercial n° 1 de San Nicolás concedió la medida cautelar ordenando a la demandada T. la eliminación de las noticias publicadas en el diario digital "La Verdad", individualizadas en la certificación notarial acompañada por la actora, previa caución personal (v. fs. 397/399 vta.).
Para efectivizarla dispuso oficiar a los buscadores de internet y a F. a fin de que instrumenten los medios necesarios para suprimir el acceso a esa información a través de ellos (v. fs. 397/399 vta. y 404).
Notificada la medida, fue apelada por G.I. (v. fs. 418/421 y 454/464 vta.) así como por F. (v. fs. 443 y 467/479) y la señora T. (v. fs. 453/vta. y 540/541 vta.).
El primero planteó la incompetencia de la justicia provincial para entender en un tema que refiere a actividades que se desarrollan vía internet, debiendo intervenir la justicia...
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