Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA CIVIL, 31 de Agosto de 2020, expediente FGR 009719/2019/CA001

Fecha de Resolución31 de Agosto de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca “Telefónica Móviles Argentina SA y otro c/

Municipalidad de S.C. de Bariloche s/ amparo contra actos de particulares” (FGR 9719/2019/CA1)

Juzgado Federal de S.C. de Bariloche General Roca, 31 de agosto de 2020.

VISTO:

El conflicto negativo de competencia suscitado entre el juez federal de la ciudad de S.C. de Bariloche y el juez del Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº9;

Y CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo establecido en el art.26 del decreto-ley 1285/58, es facultad de las cámaras de apelaciones dictar sus resoluciones por voto de los magistrados que las integran, por lo que en esta ocasión cada uno de los miembros de este tribunal emitirá su opinión en la forma que sigue.

El doctor R.F.G. dijo:

  1. Las presentes actuaciones tuvieron inicio con la acción de amparo interpuesta a fs.17/23 por las empresas Telefónica Móviles Argentina S.A. y Telefónica de Argentina S.A. contra la Municipalidad de S.C. de Bariloche, con el objeto de que se declarase ilegítima la clausura preventiva dispuesta por la demandada sobre la central telefónica perteneciente a Telefónica de Argentina S.A. situada en calle E.N., y el local comercial de propiedad de Telefónica Móviles Argentina S.A. ubicado en calle B.Mitre Nº453, ambos de la Ciudad de S.C. de Bariloche.

    En dicha presentación, la parte actora expuso que con motivo del dictado de la ordenanza municipal Nº2786-

    Fecha de firma: 31/08/2020

    Alta en sistema: 01/09/2020

    Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.F.G., JUEZ DE CAMARA —1—

    Firmado por: E.B., Secretaria de cámara #33481600#260163622#20200901120531021

    CM-16, que reguló aspectos referentes a la prestación del servicio de telecomunicaciones en esa ciudad, se dio inicio a los autos “Telefónica de Argentina S.A. y otro c/Municipalidad de S.C. de Bariloche s/ Proceso de conocimiento” (Expte. Nº83698/2016) en trámite ante el Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº9 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los cuales se obtuvo el dictado de una medida cautelar.

    Señaló, asimismo, que el municipio dictó luego la la ordenanza Nº3035-CM-19 que modificó determinadas cuestiones establecidas en la referida ordenanza Nº2786-

    CM-15, en particular, en cuanto estableció una “tasa de empadronamiento” cuyo pago exigía el demandado a las accionantes, como también ordenó el día 11 de abril de 2019 la clausura de los inmuebles referidos, revocando las prórrogas anteriormente otorgadas y reclamando el pago de tasas en desconocimiento de la medida cautelar vigente referida.

  2. ...

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