Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 7 de Julio de 2016, expediente CAF 055791/2015/CA001

Fecha de Resolución 7 de Julio de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA III 55791/2015 TELECOM ARGENTINA SA c/ DNCI s/LEALTAD COMERCIAL -

LEY 22802 - ART 22 Buenos Aires, 7 de julio de 2016.- MST Y VISTOS:

El recurso extraordinario interpuesto –a fs. 213/217-

por la parte actora contra la sentencia de esta Sala de fs. 204/209, replicado a fs. 219/234vta. Y; CONSIDERANDO:

Que, al respecto, se debe observar que las cuestiones que fueron examinadas y decididas en el pronunciamiento de fs.

204/209 son de hecho y prueba y que, por consiguiente, constituyen una materia propia de los jueces de la causa y, como regla general, extraña al ámbito del recurso extraordinario (Fallos: 270:65; 271:136; 274:228; entre otros), por lo que corresponde entonces RECHAZAR el recurso extraordinario articulado a fs. 213/217, con costas (art. 68, primer párrafo, del Código Procesal). ASI SE DECIDE.-

Teniendo presente la calidad y eficacia de la gestión profesional cumplida a fs. 219/234vta. y lo decidido en la presente, SE FIJAN los honorarios de la dirección letrada y representación de la parte demandada –Dres. J.C.M., M.S.G. y N.O.- en la suma de pesos cuatro mil doscientos -$4.200- en conjunto (art. 14 y concordantes del Arancel de Abogados y Procuradores).

El importe del impuesto al valor agregado integra las costas del juicio y deberá adicionarse a los emolumentos cuando los profesionales acreedores revistan la calidad de responsables inscriptos en dicho tributo.

Fecha de firma: 07/07/2016 Firmado por: J.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #27555136#156512949#20160707130121631 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA III 55791/2015 TELECOM ARGENTINA SA c/ DNCI s/LEALTAD COMERCIAL -

LEY 22802 - ART 22 Los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR