Tecnoarq S.R.L.

Fecha de la disposición29 de Mayo de 2009
Articulo Octavo

La sociedad prescinde de la sindicatura de conformidad con lo previsto por el artículo 284 de la Ley de Sociedades Comerciales. Cuando por aumento de capital social la sociedad quedara comprendida en el inciso segundo del artículo 299 de la ley citada, anualmente la Asamblea deberá elegir síndicos titulares y suplentes. Artículo Noveno: Las Asambleas pueden ser citadas simultáneamente en primera y segunda convocatoria, en la forma establecida por el artículo 237 de la Ley 19.550, en cuyo caso se celebrará en segunda convocatoria, el mismo día, una hora después de fracasada la primera.

Rigen el quórum y mayorías determinados por los artículos 243 y 244 de la Ley de Sociedades Comerciales, según la clase de Asambleas, convocatoria y materias de que se trate. La Asamblea Extraordinaria, en segunda convocatoria, se celebrará cualquiera sea el número de acciones presentes con derecho a voto. Artículo Décimo:

El ejercicio social cierra el 31 de diciembre de cada año. A esa fecha se confeccionarán los estados contables de acuerdo a las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas en vigencia.

Las ganancias realizadas y líquidas se destinarán: a) cinco por ciento (5%) hasta alcanzar el veinte por ciento (20%) del capital social para el fondo de reserva legal; 2) el monto fijado por la Asamblea a remuneración del Directorio; y 3) el saldo tendrá el destino que decida la Asamblea.

Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones, dentro del año de su sanción. Artículo Décimo Primero: Producida la disolución de la sociedad, su liquidación estará a cargo del Directorio actuante en ese momento, o por los liquidadores designados por la Asamblea. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital, el remanente se distribuirá entre los accionistas a prorrata de sus respectivas integraciones; (i) Dejar constancia que con la inscripción de la transformación y del nuevo Estatuto Social, las cuotas parte se transformarán en acciones manteniendo las proporciones existentes actualmente entre los socios; (ii) Disponer que la presente Acta de Reunión de Socios sea considerada como Acuerdo Unánime de Transformación, dado el carácter unánime de la presente y a que todas las cuestiones relacionadas con la transformación han sido adoptadas por unanimidad de votos, y en consideración a que los socios de la sociedad de responsabilidad limitada seguirán siendo los socios de la sociedad anónima, elevando en consecuencia la presente resolución a Escritura Pública; (iii) Dejar constancia que la sede social es en calle Teniente General Juan Domingo Perón 5 Piso Capital Federal, Provincia de Buenos Aires.' Asimismo, en la misma reunión de Socios, se decidió en consecuencia al tipo social adoptado y en concordancia con el texto del estatuto aprobado, se designaron nuevas autoridades y se distribuyeron los cargos de la siguiente manera: Presidente y Director Titular:

Gustavo Adolfo Arizu...

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