Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 9 de Junio de 2022, expediente COM 018366/2021

Fecha de Resolución 9 de Junio de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala D

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA D

18366/2021/CA1 TASCHER, MARTA HELENA C/ NACION

SEGUROS S.A. S/ORDINARIO.

Buenos Aires, 9 de junio de 2022.

  1. La parte demandada apeló la decisión del 18/4/22 en cuanto rechazó la incompetencia del fuero comercial para conocer en la causa.

    Los fundamentos fueron desarrollados a fs. 153/158 y contestados en fs 160/162.

    La señora Fiscal ante esta Cámara dictaminó el 3/6/22 donde propició la confirmación de la resolución apelada.

  2. Los fundamentos allí vertidos, que se comparten y dan por reproducidos, son suficientes para admitir la proposición recursiva.

    R., en línea con lo dicho por el Ministerio Publico, que en este proceso se persigue el cobro de un seguro por incapacidad laboral total y permanente, cuyo marco regulatorio es la ley 17.418. A su vez, a quien se demanda es a una aseguradora. Todas ellas circunstancias dirimentes que justifican la intervención de este fuero nacional en la tramitación sub judice.

    Por lo demás, en un caso sustancialmente análogo al presente, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha descartado la competencia federal (conf. CSJN, 8/10/2013, “Competencia N° 179. XLIX.

    Q., B.H. el Nación Seguros S.A. s/ daños y perjuicios”

    Fecha de firma: 09/06/2022

    Firmado por: P.D.H., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.G.V., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.R.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.G., PROSECRETARIA DE CAMARA

    y su remisión al dictamen de la Procuradora Fiscal).

  3. Por ello, y de conformidad con lo propiciado en el dictamen por la Fiscal General...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR