Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala J, 18 de Agosto de 2016, expediente CIV 002647/2014/CA001

Fecha de Resolución18 de Agosto de 2016
EmisorCamara Civil - Sala J

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J Expte n° 2647/2014 – “Tarino, J.C. y otros c/Mad Bats S.A. y otro s/Daños y Perjuicios” – Juzgado Nacional en lo Civil n° 73 Buenos Aires, Agosto 18 de 2016 Y VISTOS;

Y CONSIDERANDO:

Las presentes actuaciones se reciben en este Tribunal a los efectos de conocer acerca del recurso de apelación interpuesto en subsidio a fs. 376 por la actora contra la resolución de fs.

351, concedido a fs. 278. Se tiene por fundado en el memorial de fs.

376/377, contestado a fs. 380/382 por la codemandada M.B.S.A..-

El decisorio apelado admitió la defensa de falta de personería invocada por la codemandada Mad Bats S.A. a fs. 330 ap. III, disponiéndose que la parte actora en el plazo de diez días acredite la vigencia de la designación del Sr. T. como presidente de Tarino S.A. y su inscripción en el registro respectivo, con el acta de fs. 5/6 se acreditó la designación del Sr. J.C.T. como presidente de la Sociedad actora, el 22 de febrero de 2013, la que se encontraba vigente al momento de la costas a cargo de la actora.-

En la resolución en crisis, la Sra. Magistrada arguyó

que con la documentación de fs. 5/6 se acreditó la designación del Sr.

J.C.T. como presidente de la Sociedad actora, mediante el acta del Directorio suscripta el día 22 de Febrero de 2013, por un año. Por ello, al momento de interponer la demanda el 10 de Febrero de 2014 –del que da cuenta el cargo obrante a fs. 162 vta.- la designación se encontraba vigente. Sin embargo, expresa que al momento de resolverse la excepción – 23 de Octubre de 2015- el mismo se encuentra vencido.-

En lo vinculado con la vigencia del mandato, entendemos que el requisito a tener en cuenta para la acreditación de la personería es que al momento de interponer la demanda el mandato se encuentre vigente, extremo que claramente fue verificado en autos con el acta de directorio obrante a fs. 5/6, lo que exime de un nuevo control posterior.

No obstante se advierte que a fs. 365/374 la demanda acompañó fotocopias certificadas del acta de asamblea de Fecha de firma: 18/08/2016 Firmado por: M.M.,Z.W.,B.V., #16560005#159461752#20160818131346242 fecha 23/02/2015, acta de directorio de fecha 25 de Febrero de 2015 y fotocopias del Registro de Accionistas de la Asamblea mencionada.-

En lo atinente a la inscripción prevista por el art. 60 de la ley 19550 es meramente declarativa, ya que la designación o cesación de...

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