Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1, 6 de Diciembre de 2016, expediente FSM 059507/2014/CA002

Fecha de Resolución 6 de Diciembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I Causa N° FSM 59507/2014/CA2, Orden Nº 14162 “A.O.T.R.A. c/ INDALFAR S.R.L. s/EJECUCION FISCAL – Varios” – Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N°2 de San Martín, Secretaria Nº1- CFASM, SALA I, SEC. CIVIL N° I - INTERLOCUTORIO M., de diciembre de 2016.

Y VISTOS: CONSIDERANDO:

  1. Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la ejecutada contra el pronunciamiento de Fs.74/80Vta., en el que la Sra. juez “a quo”

    rechazó las excepciones deducidas y mandó llevar adelante la ejecución, con costas.

  2. Se agravia la recurrente porque entiende que al tener fijado el domicilio social en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la magistrada de grado resulta incompetente. Asimismo, sostiene que se ha incurrido en un error sustancial al rechazarse la defensa de falta de personería, considerando que más allá de las manifestaciones del escribano interviniente en el otorgamiento del poder respecto a que el poderdante tenía facultades suficientes, dicho acto sólo podía ser otorgado por el representante legal del ente. Agrega, que debe hacerse lugar a la nulidad planteada porque la anomalía de no haberse adjuntado los 24 folios que se mencionan en el detalle de deuda, es suficientemente grave y hace que dicha parte se encuentre impedida de ejercer su derecho de defensa. Por último, se queja por el rechazo de la inhabilidad de título planteada y afirma que no se ha Fecha de firma: 06/12/2016 Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: G.A., SECRETARIO DE CÁMARA Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CÁMARA #24307908#157862333#20161206112413933 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I Causa N° FSM 59507/2014/CA2, Orden Nº 14162 “A.O.T.R.A. c/ INDALFAR S.R.L. s/EJECUCION FISCAL – Varios” – Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N°2 de San Martín, Secretaria Nº1- CFASM, SALA I, SEC. CIVIL N° I - INTERLOCUTORIO discutido la legitimidad de la causa sino la idoneidad jurídica del título. Plantea el caso federal.

  3. A Fs.131 dictamina el Sr. fiscal general y entiende que debe confirmarse el rechazo de la excepción de incompetencia planteada.

  4. En primer término, es doctrina reiterada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que los jueces no está obligados a seguir todas las argumentaciones que se les presenten, bastando las conducentes para resolver el conflicto (Fallos:

    258:304, 262:222, 272:225, 278:271 y 291:390, entre muchos otros).

    Ahora bien, respecto a los agravios sostenidos por la recurrente en referencia al rechazo del planteo de incompetencia territorial, este Tribunal comparte los fundamentos expuestos por el Sr.

    fiscal general en su dictamen, a los que se remite por razones de brevedad.

  5. En cuanto al planteo de falta de personería, debe recordarse que tal impedimento procesal se refiere de manera exclusiva a la...

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