Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 15 de Junio de 2017, expediente COM 062902/1996

Fecha de Resolución15 de Junio de 2017
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL - SALA B 62902/1996 - SURIN, B.C. s/ QUIEBRA Buenos Aires, 15 de junio de 2017.

Y VISTOS:

Es criterio de esta Sala respetar las proporciones y porcentajes aplicados en anteriores distribuciones de fondos realizadas en el proceso, ello salvo situaciones de excepción que ameriten una solución contraria (CNCom., esta Sala, in re: "Aceros Bragado S.A. s/ quiebra s/ incidente de distribución de fondos (sexta)" del 26.09.08) que no acontecen en la especie.

Por ello, y en atención a la índole, calidad y extensión de los trabajos, se confirman en cuarenta y siete mil pesos ($ 47.000) los honorarios del síndico E.A.M. y en diecinueve mil pesos ($

19.000) los de la letrada patrocinante de la sindicatura Cristina Nieberding (arts. 218, 257, 265 inc. 4, 267 y 272 de la ley 24.522).

Se deja constancia que se consideró como base regulatoria el monto que surge del informe obrante a fs. 1209/15.

P. a la Dirección de Comunicación Pública de la CSJN, conforme lo dispuesto en el art. 4 de la Acordada 15/13. Cumplido, devuélvase encomendándose a la Sra. Juez a quo las notificaciones.

MARIA L...

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