Publicaciones de la Sección Suplemento de 16 de Marzo de 2016

Nº 27.743
AÑO CVII/ LA PLATA, MIÉRCOLES 16 DE MARZO DE 2016
S U P L E M E N T O D E 12 0 PÁGINAS
V a r i o s
Varios
_________________________________________________
Provincia de Buenos Aires
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS
POR 1 DÍA -
Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 07/04/2015
N° de Expediente: 1-154.0-2013
Ente u Organismo: H. TRIBUNAL DE CUENTAS
Ejercicio: 2013
Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar las rendiciones de cuentas de los pagos efectuados
por los responsables de la Repartición durante el año 2013, por la suma de Pesos ciento
cincuenta y un millones cuatrocientos noventa y cuatro mil ochocientos setenta y ocho
con cuarenta y un centavos ($ 151.494.878,41)con imputación a la Jurisdicción 05: HONO-
RABLE TRIBUNAL DE CUENTAS, Egresos Presupuestarios del Ejercicio: Sueldos y
Diversos, Egresos Presupuestarios de Ejercicios Anteriores: Residuos Pasivos con libra-
miento 2012 y Egresos Extrapresupuestarios: Egresos Diversos, tal como se expresa en el
Considerando Segundo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar las rendiciones de cuentas de los pagos realizados
por el Tesorero General de la Provincia durante el año 2013, por la suma de Pesos cin-
cuenta y siete millones cuatrocientos sesenta y tres mil ochocientos treinta y cuatro con
once centavos ($ 57.463.834,11), con la misma imputación del Artículo Primero y de
acuerdo a lo expresado en el Considerando Segundo.
ARTÍCULO TERCERO: Aprobar el saldo de fondos al cierre del Ejercicio 2013 de
Pesos trescientos setenta y dos mil cuatrocientos setenta y dos con ochenta y seis cen-
tavos ($ 372.472,86), de acuerdo a lo manifestado en el Considerando Segundo.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar la presente sentencia al señor Gobernador (artículo
144° de la Constitución Provincial), al señor Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros
(Acuerdo del 23 de abril de 2009), a los señores Presidente y Subsecretario Administrativo
del Honorable Tribunal de Cuentas, a los señores Presidentes de las H. Cámaras de
Diputados y Senadores como complemento de la Cuenta General del Ejercicio (control de
mérito), al señor Contador General de la Provincia (artículos 91 y 96 de la Ley de
Administración Financiera Nº 13767) y al señor Tesorero General de la Provincia.
ARTÍCULO QUINTO: Rubricar esta sentencia que consta de cuatro fojas por el señor
Director General de Asuntos Jurídicos (Resolución Nº 7/14 del H. Tribunal de Cuentas de
la Provincia de Buenos Aires), firmarla en un ejemplar, comunicarla a la Relatoría que tenga
a su cargo el estudio de cuentas del Ejercicio 2014, con copia de la presente sentencia
que se agregará a las actuaciones respectivas. Devolver a la repartición de origen la docu-
mentación requerida para este estudio. Publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web
del H. Tribunal de Cuentas. Hecho, archívese.
Nota:
El presente fallo está sujeto a lo previsto en el Art. 38 de la Ley N° 10.869 y sus modi-
ficaciones (recurso de revisión).
Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 07/04/2015
N° de Expediente: 4-033.0-2013
Ente u Organismo: Municipalidad de ENSENADA
Ejercicio: 2013
Resuelve:
ARTÍCULO PR IMERO: A probar la rendici ón de cuen tas de la Mun icipalidad
deENSENADA, ejercicio 2013 con arreglo a los libros y documentos examinados.
ARTÍCULO SEGUNDO: Declarar el saldo de Pesos Trece millones doscientos setenta
y cuatro mil ciento cuarenta y siete con 16/100 ($ 13.274.147,16) que la Municipalidad
acusó al finalizar el ejercicio, conforme a lo expuesto en el Resultando IX.
ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia del incumplimiento de las formalidades lega-
les y reglamentarias tratadas en los considerandos segundo (apartados 3), 5), 6), 7), 11) y
12)), cuarto (apartado 1)), quinto, sexto y séptimo (apartado 6)).
ARTÍCULO CUARTO: En base a los fundamentos expuestos en el considerando nove-
no, aplicar multas por las sumas de $ 3.000 al Tesorero Municipal Germán Gregorio
Epifanio, de $ 5.500,00 al Intendente Municipal Mario Carlos Secco y de $ 9.500 a la
Contadora Municipal Graciela Liliana Ranieri (artículo 16 inciso 4) de la Ley N° 10.869 y sus
modificatorias).
ARTÍCULO QUINTO: Desaprobar los egresos a que hace referencia el considerando
tercero, apartado 1), con formulación de cargo por la suma de $ 6.421,20, por el que res-
ponderá la Contadora Municipal Graciela Liliana Ranieri en solidaridad con el Tesorero
Municipal Germán Gregorio Epifanio (artículo 16 inciso 3) de la Ley N° 10.869 y sus modi-
ficatorias).
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
LA PLATA, MIÉRCOLES 16 DE MARZO DE 2016
ARTÍCULO SEXTO: Desaprobar los egresos a que hace referencia el considerando
séptimo, apartado 2), con formulación de cargo por la suma de $ 13.136,83 por el que
responderá el Intendente Municipal Mario Carlos Secco en solidaridad con la Contadora
Municipal Graciela Liliana Ranieri (artículo 16 inciso 3) de la Ley N° 10.869 y sus modifi-
catorias).
ARTÍCULO SÉPTIMO: Desaprobar los egresos a que hace referencia el considerando
séptimo, apartado 4), con formulación de cargo por la suma de $ 25.618,99 por el que
responderá el Intendente Municipal Mario Carlos Secco en solidaridad con la Contadora
Municipal Graciela Liliana Ranieri y con el Secretario de Obras Públicas Mario Alberto
Ronco (artículo 16 inciso 3) de la Ley N° 10.869 y sus modificatorias).
ARTÍCULO OCTAVO: Desaprobar los egresos a que hace referencia el considerando
séptimo, apartado 7), con formulación de cargo por la suma de $ 24.553,98 por el que
responderán por la suma de $ 658,77 el Intendente Municipal Mario Carlos Secco en soli-
daridad con la Contadora Municipal Graciela Liliana Ranieri, con el Secretario de
Desarrollo Social Carlos Alberto Pocai y con el Agente Municipal Rubén Darío Cardarena;
por la suma de $ 2.683,87 el Intendente Municipal Mario Carlos Secco en solidaridad con
la Contadora Municipal Graciela Liliana Ranieri, con el Secretario de Servicios Públicos
Carlos Adelmo Marzaroli y con el Agente Municipal Santiago Enrique Zaragozo; por la
suma de $ 1.093,75 el Intendente Municipal Mario Carlos Secco en solidaridad con la
Contadora Municipal Graciela Liliana Ranieri, con el Secretario de Servicios Públicos
Carlos Adelmo Marzaroli y con el Secretario de Servicios Públicos Interino Rubén Oscar
Da Costa; por la suma de $ 2.998,88 el Intendente Municipal Mario Carlos Secco en soli-
daridad con la Contadora Municipal Graciela Liliana Ranieri, con el Secretario de Servicios
Públicos Carlos Adelmo Marzaroli y con el Agente Municipal Emanuel Fiorelli; por la suma
de $ 2.677,19 el Intendente Municipal Mario Carlos Secco en solidaridad con la
Contadora Municipal Graciela Liliana Ranieri, con el Secretario de Servicios Públicos
Carlos Adelmo Marzaroli y con el Agente Municipal Claudio Oscar Ocampos; por la suma
de $ 2.677,19 el Intendente Municipal Mario Carlos Secco en solidaridad con la
Contadora Municipal Graciela Liliana Ranieri, con el Secretario de Servicios Públicos
Carlos Adelmo Marzaroli y con el Agente Municipal Juan Pablo González; por la suma de
$ 5.348,15 el Intendente Municipal Mario Carlos Secco en solidaridad con la Contadora
Municipal Graciela Liliana Ranieri, con el Secretario de Servicios Públicos Carlos Adelmo
Marzaroli y con el Agente Municipal Roberto Castro; por la suma de $ 5.348,15 el
Intendente Municipal Mario Carlos Secco en solidaridad con la Contadora Municipal
Graciela Liliana Ranieri, con el Secretario de Servicios Públicos Carlos Adelmo Marzaroli
y con el Agente Municipal Ricardo Ramón Kornuta; por la suma de $ 1.068,03 el
Intendente Municipal Mario Carlos Secco en solidaridad con la Contadora Municipal
Graciela Liliana Ranieri, con el Secretario de Servicios Públicos Carlos Adelmo Marzaroli
y con el Tesorero Municipal Germán Gregorio Epifanio (artículo 16 inciso 3) de la Ley N°
10.869 y sus modificatorias).
ARTÍCULO NOVENO: Desaprobar los egresos a que hace referencia el considerando
séptimo, apartado 8), con formulación de cargo por la suma de $ 93.579,71 por el que
responderá el Intendente Municipal Mario Carlos Secco en solidaridad con la Contadora
Municipal Graciela Liliana Ranieri (artículo 16 inciso 3) de la Ley N° 10.869 y sus modifi-
catorias).
ARTÍCULO DÉCIMO: Desaprobar los egresos a que hace referencia el considerando
octavo, apartado 4), con formulación de cargo por la suma de $ 208.851,13, por el que
responderá el Intendente Municipal Mario Carlos Secco en solidaridad con la Contadora
Municipal Graciela Liliana Ranieri (artículo 16 inciso 3) de la Ley N° 10.869 y sus modifi-
catorias).
ARTÍCULO UND ÉCIMO: M antener e n suspens o el pronun ciamiento de este
Honorable Tribunal Cuentas sobre las materias tratadas en los considerandos tercero
(apartados 1), 2) y 3)); cuarto (apartado 2)); séptimo (apartados 1), 3) incisos 1) y 2), 5) inci-
sos 1) y 2) y 9)); y octavo (apartados 2), 3) y 5)) y disponer que la Delegación Zonal y la
División Relatora tomen nota para informar en su próximo estudio.
ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: Declarar que las Sras. María Alejandra Sabio,
Graciela Liliana Ranieri, Elda Graciela Fraticelli y María Natalia Colombo y los Sres. César
Oscar Arias, Mario Carlos Secco, Carlos Alberto Pocai, Carlos Miguel Otero y Germán
Gregorio Epifanio alcanzados por las reservas del artículo anterior, no deberán conside-
rarse exentos de responsabilidad hasta tanto este Honorable Tribunal de Cuentas no se
pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se poster-
ga.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: En las condiciones manifestadas en el considerando
octavo, apartados 1) y 4), dejar sin efecto las reservas de ejercicios anteriores, liberando
de responsabilidad, en tales condiciones, al Sr. Mario Carlos Secco y a las Sras. Graciela
Liliana Ranieri y Mirta Noemí Sosa.
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: Encomendar a la Delegación Zonal las verificaciones
indicadas en los considerandos cuarto (apartado 1)) y séptimo (apartados 6) y 9)).
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: Notificar a los Sres. Germán Gregorio Epifanio y Mario
Carlos Secco y a la Sra. Graciela Liliana Ranieri de las multas que se les aplica en el artí-
culo cuarto y fijarles plazo de noventa días para que procedan a depositar dicho importe
en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal nro. 1.865/4, a la orden de
Presidente de este Honorable Tribunal de Cuentas, debiéndose comunicar fehaciente-
mente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo
acredite dentro del plazo señalado. Asimismo y para el caso en que los responsables
opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este
Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley N°
12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de la causa y juzgado
interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado
para que p romueva las acciones pertinentes previst as en el artículo 159 de la
Constitución Provincial (artículo 33 de la Ley N° 10.869 y sus modificatorias).
ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO: Notificar a la Sra. Graciela Liliana Ranieri y a los Sres.
Germán Gregorio Epifanio, Mario Carlos Secco, Mario Alberto Ronco, Carlos Alberto
Pocai, Rubén Darío Cardarena, Carlos Adelmo Marzaroli, Santiago Enrique Zaragozo,
Rubén Oscar Da Costa, Emanuel Fiorelli, Claudio Oscar Ocampos, Juan Pablo González,
Roberto Castro y Ricardo Ramón Kornuta de los cargos que se les formula en los artícu-
los quinto, sexto, séptimo, octavo, noveno y décimo y fijarles plazo de noventa días para
que procedan a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires,
Cuenta Fiscal Nº 108/9, a la orden de Presidente de este Honorable Tribunal de Cuentas,
debiéndose comunicar fehacientemente a este Org anismo el depósito efectuado,
adjuntándose comprobante que así lo acredite, dentro del plazo señalado. Asimismo y
para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso admi-
nistrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que
establece el artículo 18 de la Ley N° 12.008, fecha de interposición de la demanda, cará-
tula, número de la causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle
intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previs-
tas en el artículo 159 de la Constitución Provincial (artículo 33 de la Ley N° 10.869 y sus
modificatorias).
ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO: Notificar a las Sras. María Alejandra Sabio, Graciela
Liliana Ranieri, Elda Graciela Fraticelli y María Natalia Colombo y a los Sres. César Oscar
Arias, Mario Carlos Secco, Carlos Alberto Pocai, Carlos Miguel Otero y Germán Gregorio
Epifanio, de la reserva dispuesta por el artículo undécimo.
ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO: Notificar al Sr. Mario Carlos Secco y a las Sras.
Graciela Liliana Ranieri y Mirta Noemí Sosa, del levantamiento de las reservas de ejerci-
cios anteriores dispuesta por el artículo décimo tercero.
ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO: Comunicar al Ministerio de Economía de la Provincia
lo manifestado en el considerando quinto.
ARTÍCULO VIGÉSIMO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de
la Provincia de Buenos Aires y a la Delegación Zonal – La Plata - de este Honorable
Tribunal de Cuentas.
ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO: Comunicar la presente sentencia a la Municipalidad
de Ensenada, para su conocimiento.
ARTÍCULO VIGÉSIMO SEGUNDO: Rubricar por el Sr. Director General de Asuntos
Jurídicos (Resolución 7/14 del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires) el
presente fallo que consta de cincuenta fojas; firmarlo en un ejemplar; publicarlo en el
Boletín Oficial y en la Página Web de este Honorable Tribunal de Cuentas; reservar este
expediente en la Dirección General de Receptoría y Procedimientos durante los términos
fijados en los artículos décimo quinto y décimo sexto. Cumplido, archívese.
Nota:
El presente fallo está sujeto a lo previsto en el Art. 38 de la Ley N° 10.869 y sus modi-
ficaciones (recurso de revisión).
Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 07/04/2015
N° de Expediente: 2-299.0-2013
Ente u Organismo: AGUAS BONAERENSES SOCIEDAD ANÓNIMA
Ejercicio: 2013
Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar los Estados Contables presentados por AGUAS
BONAERENSES S.A. por el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013 conforme a la
documentación presentada a estudio y en base a las normas de auditoría aplicadas, en
lo que hace a los derechos y obligaciones de la Provincia de Buenos Aires como estado
socio, en virtud de los fundamentos expresados en el Considerando Segundo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia de la labor realizada por la División Relatora
en virtud de lo expresado en el Considerando Primero.
ARTÍCULO TERCERO: Comunicar la presente sentencia al Presidente del Organismo,
al Ministro de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires y a los funcionarios de la
Vocalía Reparticiones Autárquicas y Entes Especiales conforme lo establecido en el
Artículo 1º de la Resolución de este H. Tribunal del 21/05/86.
ARTÍCULO CUARTO: Rubricar por el señor Director General de Asuntos Jurídicos
(Resolución Nº 7/14 del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires), la pre-
sente sentencia que consta de cuatro fojas, firmar un ejemplar. Publicarlo en el Boletín
Oficial y en la Pagina Web del H. Tribunal de Cuentas y cumplido, archívese.
Nota:
El presente fallo está sujeto a lo previsto en el Art. 38 de la Ley N° 10.869 y sus modi-
ficaciones (recurso de revisión).
Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 07/04/2015
N° de Expediente: 4-009.0-2013
Ente u Organismo: Municipalidad de BARADERO
Ejercicio: 2013
Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de BARA-
DERO, Ejercicio 2013, con arreglo a los libros y documentos examinados.
ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar el saldo de Pesos veintiún millones diecinueve mil
cuatrocientos diez con 67/100 ($ 21.019.410,67) que la Municipalidad acusó al finalizar el
ejercicio, según lo consignado en el Resultando IX.
ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia del incumplimiento de las formalidades lega-
les y reglamentarias tratadas en los considerandos primero apartados 3), 6) y 7)
ARTÍCULO CUARTO: Disponer que las autoridades municipales tomen nota de lo
señalado en los considerandos tercero apartados 1), 3) y 6) y quinto apartados 1), 3.1)
ARTÍCULO QUINTO: Por los fundamentos expuestos en el considerando octavo, apli-
car sendas amonestaciones al Intendente Municipal (I) y Secretario de Gobierno y de
Hacienda, Sr. Leonardo Luis Peris, a la Contadora Municipal, Sra. Carla Lorena Vergara,
al Director General de Atención Primaria y Prevención de la Salud, Sr. Alberto Julián
Gómez, al Director de Recursos Municipales Sr. Silvio Raúl Llaudat, a la Directora de
Recursos Municipales Sra. Elba Alicia Arbonies, al Director de Personal, Sr. Pablo
Francisco Navaz y a la Tesorera Municipal, Sra. Hilda Lilián Ermilio (artículo 16 inciso 2)
de la Ley N° 10.869 y sus modificatorias).
ARTÍCULO SEXTO: En base a los fundamentos expuestos en el considerando octa-
vo aplicar una multa de $ 5.000,00 al Intendente Municipal, Sr. Aldo Mario Carossi y de $
3.000,00 a la Contadora Municipal, Sra. Elba Silvia Preis (artículo 16 inciso 4) de la Ley N°
10.869 y sus modificatorias).
ARTÍCULO SÉPTIMO: Desaprobar los egresos a que hace referencia el considerando
sexto apartado 2) formulando cargo por la suma total de $ 20.893,68 por el que respon-
derá el Intendente Municipal, Sr. Aldo Mario Carossi en solidaridad con la Contadora
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LA PLATA, MIÉRCOLES 16 DE MARZO DE 2016
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Municipal, Sra. Elba Silvia Preis y el Director de Personal, Sr. Pablo Francisco Navaz (artí-
culo 16 inciso 3º de la Ley N° 10.869 y sus modificatorias).
ARTÍCULO OCTAVO: Disponer que Delegación a cargo del estudio tome nota de lo
manifestado en los considerandos tercero apartados 1), 3) y 6) y quinto apartados 1) y
3.1).
ARTÍCULO NOVENO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del H Tribunal de
Cuentas sobre las materias tratadas en el considerando quinto apartados 2), 4.1) y 4.2) y
sexto apartado 3)
ARTÍCULO DÉCIMO: Declarar que los Sres. Aldo Mario Carossi, Silvio Raúl Llaudat y
Marcos Rabellino y Heber Rubén Lischetti y las Sras. Elba Silvia Preis, Carla Lorena
Vergara, Elba Alicia Arbonies, Julia Isolina Iglesias, Hilda Lilián Ermilio, Leda Lilián López
y Laura Rita Quiroga no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el
H. Tribunal de Cuentas no se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas
cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Dejar sin efecto la reserva de ejercicios anteriores tratadas
en el considerando séptimo.
ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: Notificar a los Sres. Leonardo Luis Peris, Alberto
Julián Gómez, Silvio Raúl Llaudat, Pablo Francisco Navaz y a las Sras. Elba Alicia
Arbonies, Carla Lorena Vergara y Hilda Lilián Ermilio de la amonestación que se le for-
mula en el artículo quinto.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: Notificar al Sr. Aldo Mario Carossi y a la Sra. Elba
Silvia Preis de las multas que se les formulan en el artículo sexto y fijarles plazo de noven-
ta días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de
Buenos Aires, 1865/4 a la orden del Sr. Presidente del H. Tribunal de Cuentas, debién-
dose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose
comprobante que así lo acredite dentro del plazo señalado, bajo apercibimiento de darle
intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previs-
tas en el artículo 159 de la Constitución Provincial (artículo 33 Ley N° 10.869 y sus modi-
ficatorias). Asimismo, se le hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del
plazo de quince días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley N° 10.869 y sus
modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda con-
tencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo
que establece el artículo 18 de la Ley N° 12.008, fecha de interposición de la demanda,
carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle
intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previs-
tas en el artículo 159 de la Constitución Provincial (artículo 33 Ley N° 10.869 y sus modi-
ficatorias).
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: Notificar a los Sres. Aldo Mario Carossi y Sr. Pablo
Francisco Navaz y a la Sra. Elba Silvia Preis del cargo que se les formulan en el artículo
séptimo y fijarles plazo de noventa días para que procedan a depositar dicho importe en
el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal Nº 108/9 a la orden conjunta del
Sr. Presidente del H. Tribunal de Cuentas y Secretario Técnico Administrativo o Director
General de Administración, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el
depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite dentro del mismo
plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para
que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución
Provincial (Art. 33 Ley N° 10.869 y sus modificatorias). Asimismo, se les hace saber que
la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince días conforme lo establecido
en el artículo 38 de la Ley N° 10.869 y sus modificatorias 10.876 y 11.755). Para el caso
en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa,
deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artícu-
lo 18 de la Ley N° 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de
causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr.
Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159
de la Constitución Provincial (artículo 33 Ley N° 10.869 y sus modificatorias 10.876 y
11.755 ).
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: Notificar a los Sres. Aldo Mario Carossi y Heber Rubén
Lischetti y a las Sras. Elba Silvia Preis y Julia Isolina Iglesias del cese de la reserva dis-
puesto por el artículo undécimo, en las condiciones allí expuestas.
ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO: Notificar a los Sres. Aldo Mario Carossi, Silvio Raúl
Llaudat y. Marcos Rabellino y Heber Rubén Lischetti y las Sras. Elba Silvia Preis, Carla
Lorena Vergara, Elba Alicia Arbonies, Julia Isolina Iglesias, Hilda Lilián Ermilio, Leda Lilian
López y Laura Rita Quiroga de las reservas dispuestas por el artículo noveno.
ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO: Notificar a los Sres. Aldo Mario Carossi y Heber
Rubén Lischetti y a las Sras. Elba Silvia Preis, Carla Lorena Vergara de lo dispuesto por
el artículo cuarto.
ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de
Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO: Disponer la comunicación a la Administración Federal
de Ingresos Públicos, de lo señalado en el considerando sexto, apartado 2).
ARTÍCULO VIGÉSIMO: Remitir copia de la presente sentencia para su conocimiento
a la Municipalidad de Baradero.
ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO: Comunicar la presente sentencia a la Delegación
Zona XVII – Zárate, de este H. Tribunal de Cuentas.
ARTÍCULO VIGÉSIMO SEGUNDO: Rubricar por el Sr. Director General de Asuntos
Jurídicos (Resolución 7/14 del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires) el
presente Fallo que consta de treinta y cuatro fojas; firmarlo en un ejemplar; publicarlo en
el Boletín Oficial y en la página web de este H. Tribunal de Cuentas; reservar este expe-
diente en la Dirección General de Receptoría y Procedimientos durante los términos fija-
dos en los artículos décimo tercero y décimo cuarto. Cumplido, archívese.
Nota:
El presente fallo está sujeto a lo previsto en el Art. 38 de la Ley N° 10.869 y sus modi-
ficaciones (recurso de revisión).
Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 07/04/2015
N° de Expediente: 4-097.0-2013
Ente u Organismo: Municipalidad de RAUCH
Ejercicio: 2013
Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de
Rauch, ejercicio 2013 con arreglo a los libros y documentos examinados.
ARTÍCULO SEGUNDO: Declarar que el saldo de Pesos Cinco millones ciento seten-
ta y tres mil cuatro con 66/100 ($ 5.173.004,66) que la Municipalidad acusó al finalizar el
ejercicio, conforme a lo tramitado en el Expediente 4.097.0-2/10, no significa la convali-
dación de la efectiva existencia de fondos en caja y bancos.
ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia del incumplimiento de las formalidades lega-
les y reglamentarias tratadas en los considerandos segundo; cuarto y sexto.
ARTÍCULO CUARTO: En base a los fundamentos expuestos en el considerando quin-
to aplicar multas de $ 2.900,00 al Intendente Municipal Jorge Mario Ramón Ugarte y de
$ 2.900,00 a la Contadora Municipal María Delfina Lasala (artículos 243 inciso 2º de la Ley
Orgánica de las Municipalidades y 16 inciso 4º de la Ley N° 10.869 y sus modificatorias).
ARTÍCULO QUINTO: Desaprobar los egresos a que hace referencia el considerando
octavo apartado 1) con formulación de cargo de $ 3.030,38 por el que deberá responder
el Intendente Municipal Jorge Mario Ramón Ugarte en solidaridad con la Contadora
Municipal María Delfina Lasala; con la Jefe de Catastro María Cristina Ascazuri y con la
Abogada Mirta Noemí Ardiles (artículos 243 inciso 1º de la Ley Orgánica de las
Municipalidades y 16 inciso 3º de la Ley N° 10.869 y sus modificatorias).
ARTÍCULO SEXTO: Encomendar a la Relatoría de Delegación las verificaciones indi-
cadas en los considerandos cuarto apartados 2- b); 2-d) y 2-f); sexto y octavo apartado
2).
ARTÍCULO SÉPTIMO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del H Tribunal
Cuentas sobre la materia tratada en el considerando séptimo; disponer su tratamiento a
través del Expediente Especial 4.097.0-2/10 dispuesto por el artículo undécimo del fallo
de la rendición de cuentas del ejercicio 2010 y disponer que la Delegación y la División
Relatora tomen nota para informar en su próximo estudio.
ARTÍCULO OCTAVO: Declarar que los Sres. Jorge Luis Ramón Ugarte; Pedro Ignacio
Tablar y Francisco Mon, alcanzados por la postergación referida en el artículo anterior,
no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H. Tribunal de
Cuentas no se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo trata-
miento se posterga.
ARTÍCULO NOVENO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del H Tribunal
Cuentas sobre las materias tratadas en el considerando octavo apartado 3) y disponer
que la Delegación y la División Relatora tomen nota para informar en su próximo estudio.
ARTÍCULO DÉCIMO: Declarar que el Sr. Jorge Mario Ramón Ugarte y la Sra. María
Eugenia Cielo Suescun, alcanzados por la reserva del artículo anterior, no deberán con-
siderarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H. Tribunal de Cuentas no se pro-
nuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: En las condiciones manifestadas en el considerando octa-
vo, apartados 1) y 2) dejar sin efecto las reservas de ejercicios anteriores.
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Notificar al Sr. Jorge Mario Ramón Ugarte y a la Sra. María
Delfina Lasala de las multas que se les aplican en el artículo cuarto y fijarles plazo de
noventa días para que procedan a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia
de Buenos Aires, 1865/4 a la orden del Sr. Presidente del H. Tribunal de Cuentas, debién-
dose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose
comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado, bajo apercibimiento
de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes
previstas en los artículo 159 de la Constitución Provincial (Art. 33 Ley N° 10.869 y sus
modificatorias). Asimismo, se les hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro
del plazo de quince días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley N° 10.869 y
sus modificatorias 10.876 y 11.755). Para el caso en que los responsables opten por
interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de
Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley N° 12.008, fecha de inter-
posición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo
apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las accio-
nes pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial (artículo 33 Ley
N° 10.869 y sus modificatorias 10.876 y 11.755 ).
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: Notificar al Sr. Jorge Mario Ramón Ugarte y a las
Sras. María Delfina Lasala; María Cristina Ascazuri y Mirta Noemí Ardiles del cargo que
se les formula en el artículo quinto y fijarles plazo de noventa días para que procedan a
depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal Nº
108/9 a la orden del Sr. Presidente del H. Tribunal de Cuentas, debiéndose comunicar
fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante
que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado, bajo apercibimiento de darle inter-
vención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en
los artículo 159 de la Constitución Provincial (Art. 33 Ley N° 10.869 y sus modificatorias).
Asimismo, se les hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de
quince días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley N° 10.869 y sus modifi-
catorias 10.876 y 11.755). Para el caso en que los responsables opten por interponer
demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas,
dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley N° 12.008, fecha de interposición
de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo aperci-
bimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones
pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial (artículo 33 Ley N°
10.869 y sus modificatorias 10.876 y 11.755 ).
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: Notificar a los Sres. Jorge Luis Ramón Ugarte; Pedro
Ignacio Tablar y Francisco Mon y a la Sra. María Eugenia Cielo Suescun de las reservas
dispuestas por los artículos séptimo y noveno.
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de
Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO: Comunicar la presente sentencia a la Delegación Zona
XIII de este H. Tribunal de Cuentas.
ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO: Remitir, para su conocimiento, copia del presente a
la Municipalidad de Rauch.
ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO: Rubricar por el Sr. Director General de Asuntos
Jurídicos (Resolución 7/14 del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires) el
presente fallo que consta de diecinueve fojas; firmarlo en un ejemplar; publicarlo en el
Boletín Oficial y en la Página Web de este H. Tribunal de Cuentas; reservar este expe-

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