Publicaciones de la Sección Suplemento de 01 de Agosto de 2016

AÑO CVII/ LA PLATA, LUNES 1° DE AGOSTO DE 2016 Nº 27.835
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
S U P L E M E N T O D E 8 P Á G I N A S
R e s o l u c i o n e s
R e s o l u c i ó n
________________
CONSORCIO DE GESTIÓN DEL PUERTO LA PLATA
Resolución N° 7/16
Puerto La Plata, 5 de julio de 2016.
VISTO:
El Expediente N° 0000-000076/16, mediante el cual se modifican las tarifas de Servicios
de Tráfico Ferroviario, Servicios Extraordinarios (Habilitación de Personal), Servicios Varios,
Permiso de Uso;
CONSIDERANDO:
Que en ejercicio de las facultades delegadas por el Gobierno de la Provincia de
Buenos Aires, el Consorcio de Gestión de Puerto La Plata tiene la obligación de velar por el
resguardo de los bienes de dominio público provincial, no pudiendo incurrir en situaciones
deficitarias que afecten la operatoria eficaz del Puerto La Plata, y la Calidad de los servicios
prestados;
Que atento a que el Reglamento de Concesiones y Permisos de Uso de Espacios
Portuarios del Consorcio toma como referencia el IPIM (Índice de Precios Interno al por
Mayor) para actualizar los valores de arrendamiento, y que desde el mes de marzo de 2015
se dejó de utilizar dicho índice y método de actualización, se hace necesario la utilización
de otros parámetros en atención a la inflación sufrida que por otra parte es de público y
notorio.
Que la última actualización tarifaria para los permisos de ocupación de espacios
portuarios fue mediante la Resolución del Directorio nº 6/15 de fecha 28 de abril de 2015.
Que de acuerdo al Estado Nacional la inflación acumulada del IPIM desde el mes de
abril de 2015 a octubre de 2015 la inflación asciende al 9,01%; y de enero de 2016 hasta
abril 2016 según los datos publicados por INDEC asciende a un 20%, quedando fuera
de cálculo los período que van desde octubre de 2015 a enero 2016 y desde abril 2016 a
la fecha, por lo que se considera que un incremento del 35% se encuentra acorde a los
parámetros económicos.
Que asimismo a tal fin deben tenerse en cuenta diferentes incrementos operados en
el ámbito portuario, tales como el incremento operado en gasto de personal que de marzo
de 2015 hasta la fecha es del orden del 52%; los costos del servicio de tráfico ferroviario,
servicios varios y extraordinarios han sufrido un incremento del 38%, desde marzo de 2015
hasta la fecha (valor de referencia mano de obra de la UOCRA según CCT 581/14);
Que para el mismo período el incremento del combustible alcanzó el 35% teniendo en
cuenta que el precio del gasoil en marzo de 2015 era de $ 10,85/litro y actualmente es de
$ 14,69/litro; y la variación del Costo de la Construcción ha tenido una incidencia del 35%,
teniendo en cuenta el Índice de la Cámara Argentina de la Construcción;
Que por otra parte ha operado un aumento del tipo de cambio dólar – peso, el mismo
era de 1U$S = $ 8,88 en el mes de abril de 2015, y hoy la cotización de la divisa es de 1
U$S= 14,50, siendo la variación del tipo de cambio del 63%;
Que por otra parte las tarifas de arrendamiento se encuentran por debajo de los valores
vigentes establecidos para los puertos provinciales, aprobado por Decreto 187/07 y
modificado por Decreto 702/13 y Resolución 321/14 del Ministerio de Producción, Ciencia
y Tecnología, que a valores de diciembre de 2014 en relación al Puerto de Dock Sud, la
tarifa de la superficie de terreno con muelle se encuentra en un 25% en más respecto
al Puerto La Plata, y para las áreas sin muelle en un 42% más. Asimismo, actualmente
la Subsecretaría Actividades Portuarias se encuentra tramitando una nueva actualización
tarifaria de un 25 %, es decir que el desfasaje ascendería a un 50%. Por lo que resulta
razonable actualizar las tarifas de Permisos de Uso al menos en el orden del 35% y el resto
de las tarifas en pesos, por las razones antes expuestas en un 25%;
Que finalmente debido a los reclamos efectuados por los sectores vinculados a la
actividad portuaria no se ha incrementado la tarifa de recolección de residuos de buques
provenientes de puertos nacionales.
Que de conformidad con lo estatuido en el art. 21 inc.d) del Estatuto del Consorcio de
Gestión del Puerto La Plata, aprobado por decreto Provincial 1596/99, otorga al Directorio
facultades suficientes para fijar o modificar las tarifas relacionadas con los servicios que
presta como consecuencia de la administración y explotación del Puerto La Plata.
Por todo ello,
EL DIRECTORIO DEL CONSORCIO DE GESTIÓN DEL PUERTO LA PLATA, EN USO DE
SUS LEGÍTIMAS ATRIBUCIONES, EXPIDE LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN:
ARTÍCULO 1: Modifícase el Anexo I de la Resolución 10/06 respecto de las tarifas
de Servicios de Tráfico Ferroviario, Servicios Extraordinarios (Habilitación del Personal),
Servicios Varios y Permisos de Uso de conformidad a los valores establecidos en el Anexo
que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2: La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la notificación de
la presente.
ARTÍCULO 3: Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de buenos Aires.
Regístrese. Notifíquese. Cumplido, archívese.-
José María Dodds, Presidente, Alejandro Sandez, Director; César Cordido, Director;
Jorge Cachile, Director; Alberto Amiel, Director; Claudio Ali, Director; Hugo Raggio,
Director; Juan Carlos Piancazzo, Director; Diego Principi, Director.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR