Sentencia de Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba - Acuerdo nº 912 de Sala Acordadas, 19 de Noviembre de 2007

PresidenteArmando Segundo ANDRUET
Fecha de Resolución19 de Noviembre de 2007
EmisorSala Acordadas

La experiencia recogida en las Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Quinta y Séptima Nominación (Tribunales pilotos) en la carga de decretos y/o resoluciones dentro del S.A.C; como asimismo el aporte del resto de los Tribunales de Alzada de esta Capital.

Y CONSIDERANDO: 1.- Que resulta menester contemplar situaciones no previstas, explicitar o aclarar ciertas disposiciones contenidas en la norma sancionada o bien corregir errores materiales que se observan en la norma interna, sin dejar de advertir que la realidad de la materia en cuestión importará otros sucesivos ajustes.-

Por ello y lo dispuesto por los Arts. 166 inc. 2° de la Constitución Provincial y 12 incs. 1°, 10°, 25° y 32° de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Provincia N° 8435,

SE RESUELVE:

Artículo 1. MODIFICAR el “ANEXO B” del Acuerdo Reglamentario N° 700 Serie “A” de fecha 24-02-2004 (con la reforma introducida por Acuerdo Reglamentario N° 707 del 26-03-2004 y Acuerdo Reglamentario N° 718 del 2-07-04) de la siguiente manera:

Crear nuevas causales de remisión:: “RECUSACIÓN CON CAUSA”, “RETARDADA JUSTICIA”, “RECURSO DE CASACIÓN Y/O INCONSTITUCIONALIDAD".

Articulo 2: a.- AMPLIAR la funcionalidad a las CÁMARAS CIVILES y COMERCIALES para que puedan realizar el cambio de TIPO DE JUICIO entre las CÁMARAS de competencias diferentes.

b.- AGREGAR una nueva operación para las...

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