Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 9 de Agosto de 2022, expediente COM 022625/2021/CA001

Fecha de Resolución 9 de Agosto de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/

FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/ORGANISMOS

EXTERNOS

Expediente N° 22625/2021/CA01

Buenos Aires, 09 de agosto de 2022.

Y VISTOS:

I.V. apelada por la aseguradora de referencia la resolución de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo que dispuso imponerle una multa de 279 mopre. El memorial de la recurrente se encuentra debidamente incorporado a estas actuaciones.

  1. La sanción fue impuesta porque la autoridad de control consideró que la A.R.T. 1. Había aprobado el Programa de Seguridad sin que el mismo contenga los requisitos mínimos establecidos en la normativa vigente, por lo que incumplió con lo establecido en el Anexo I de la Resolución S.R.T. 51/97; y 2. Había cumplido parcialmente (más del 20% y hasta el 60%) el Plan de Visitas establecido en la normativa vigente que contempla como mínimo una (1) visita dentro de las cuarenta y ocho (48)

    horas de inicio de los trabajos y luego una (1) visita cada siete (7) días corridos hasta la terminación de la totalidad de los trabajos de demolición, con el fin de verificar el cumplimiento del Programa de Seguridad, por lo que infringió lo establecido en el artículo 5°, inciso a) de la Resolución S.R.T.

    550/11. Todo ello, de acuerdo a lo descripto en el dictamen acusatorio circunstanciado y en la resolución recurrida.

    En cuanto a la viabilidad de la multa impuesta por el organismo de control, no queda desvirtuado en autos el proceder de la A.R.T. sumariada respecto de las conductas que aquí se le cuestionan. La apelante no controvierte en su memorial los fundamentos tenidos en cuenta en la Fecha de firma: 09/08/2022

    Alta en sistema: 10/08/2022

    Firmado por: R.F.B., SECRETARIO DE CÁMARA

    SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/ORGANISMOS EXTERNOS Expediente N°

    Firmado por: E.R.M., VOCAL 22625/2021CA01

    Firmado por: J.V., JUEZ DE CAMARA

    resolución apelada, toda vez que las manifestaciones efectuadas resultan insuficientes a los fines pretendidos.

    En lo que concierne al primero de los casos cuestionados, surge de los elementos incorporados en el presente sumario que el Programa de Seguridad de referencia se encontraba suscripto por el señor S.M.,

    sin aclarar matrícula profesional, ni título habilitante para Director de Obra.

    Cabe agregar que en oportunidad de las inspecciones de fechas 06/03/2019 y 21/03/2019 la SRT verificó que en...

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