Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 5 de Mayo de 2022, expediente COM 021198/2021/CA001

Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala D

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA D

21198/2021/CA1 SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL

TRABAJO C/ GOBERNACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS

AIRES S/ ORGANISMOS EXTERNOS.

Buenos Aires, 5 de mayo de 2022.

  1. Gobernación de la Provincia de Buenos Aires apeló en fs. 942/953 la Resolución Administrativa de fs. 931/935, en cuanto le impuso una sanción equivalente a 189 MOPRES.

  2. La Superintendencia de Riesgos del Trabajo sancionó a la recurrente,

    por incumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36, apartado 1, incisos b) y d)

    de la Ley N° 24.557; en el Anexo I, punto 3.A de la Resolución S.R.T. N°

    3.326/14; y en el Anexo I, puntos 3.1 y 4 de la Resolución S.R.T. N° 3.327/14,

    toda vez que no habría cumplido con la correcta remisión de los datos al registro de accidentabilidad del organismo de control; no habría modificado la información contenida en los registros de accidentabilidad y de enfermedades profesionales, y no habría cumplido con su correcta remisión.

  3. Como la recurrente denuncia en fs. 950 la nulidad de la resolución en cuestión, cabe recordar que -como ocurre con los actos jurisdiccionales- dicho planteo sólo procedería cuando la decisión adolece de vicios o defectos de forma o de construcción, es decir, cuando se ha dictado sin sujeción a los requisitos de tiempo, lugar y forma prescriptos por la ley adjetiva, mas no en hipótesis -como la aquí invocada- de errores in iudicando, que de existir,

    pueden repararse justamente por medio de la apelación, ya que el ad quem puede examinar los hechos y el derecho con plena jurisdicción (arg. art. 253,

    Fecha de firma: 05/05/2022

    Firmado por: P.D.H., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.G.V., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.R.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.G., PROSECRETARIA DE CAMARA

    Código Procesal; esta Sala, 26.6.14, “Superintendencia de Riesgos del Trabajo c/ Asociart A.R.T. S.A. s/ Organismos Externos”, registro de Cámara n°

    10021/2014; íd., 28.8.14, “Superintendencia de Riesgos del Trabajo c/

    Interacción A.R.T. S.A. s/ Organismos Externos”, registro de Cámara nº

    4034/2014; íd., 25.9.14, “Superintendencia de Riesgos del Trabajo c/ Asociart A.R.T. S.A. s/ Organismos Externos”, registro de Cámara n° 24981/2014).

    Sentado lo anterior, cabe destacar que el deber–facultad de imponer sanciones que aquí se cuestiona, se prevé como derivación del cumplimiento de la fiscalización a cargo de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo...

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