Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 4 de Abril de 2022, expediente COM 022299/2021/CA001
Fecha de Resolución | 4 de Abril de 2022 |
Emisor | Camara Comercial - Sala B |
Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala B
22299/2021 - SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL
TRABAJO c/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS
DEL TRABAJO S.A. s/ORGANISMOS EXTERNOS
Buenos Aires, 4 de abril de 2022.
Y VISTOS:
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Prevención A.R.T. apeló la resolución de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de fs. 159/63, que le impuso una multa de 241 MOPRES, por transgredir en el Anexo X, apartado 2.1.2 y XI de la Resolución de la SRT. 741/10. Su memoria corre a fs.
164/178.
La sanción se aplicó en relación al empleador Cerámicas de la Patagonia S,A., respecto al establecimiento sito en la calle G.L.N.° 3.061, Trelew, provincia de Chubut, porque la aseguradora no denunció, a través de los mecanismos establecidos en la normativa vigente, los incumplimientos detectados a los Rubros N° 12 -Protección contra Incendios Extinción y Detección- (Nro. 16 —Riesgo Eléctrico—,
Nro. 28 —Contaminación ambiental— y, Nro. 29 —Ruido, Ultrasonido e Infrasonido—) durante la visita de fecha 19/06/2018, conforme la documental enviada mediante el Ingreso S.R.T. N° 385.183 de fecha 23/07/2018, y según consta en copias de registros del sistema informático de fecha 13/11/2018 (fs. 159).
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Los agravios de la recurrente discurren por los siguientes carriles: i) no se tuvo en cuenta el descargo efectuado; ii)
cumplió con sus obligaciones y no causó perjuicio alguno; iii) solicita la aplicación de la Resolución SRT. nro. 25/18 y de las Resoluciones Nro.
45/19, Nro. 48/19 y del Decreto 404/19; y, iv) la multa es excesiva, por lo que solicita su morigeración.
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Corresponde confirmar la sanción aplicada a la aseguradora.
De un análisis armónico del sistema de riesgos del trabajo y las normas que lo regulan, surgen las obligaciones derivadas de las Fecha de firma: 04/04/2022
Alta en sistema: 05/04/2022
Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.G.V., JUEZA DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala B
reglas dictadas por el organismo de contralor, ello en tanto el ente está
investido de las facultades de ley para dictar reglas en tal sentido.
Las cargas que emanan de tales preceptos también regulan la actividad de empresas como la demandada. Cuando el artículo 32 de la ley 24.557 dispone sanciones por los "incumplimientos", alude a los de todas las reglas que integran el sistema; es decir de sus obligaciones emanadas de esa ley y sus normas...
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