Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 31 de Marzo de 2022, expediente COM 018927/2021/CA001

Fecha de Resolución31 de Marzo de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala B

18927/2021 - SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL

TRABAJO c/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS

DEL TRABAJO S.A. s/ORGANISMOS EXTERNOS

Buenos Aires, 31 de marzo de 2022.

Y VISTOS:

  1. Prevención A.R.T. apeló la resolución de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de fs. 155/60 que le impuso una multa de 241 MOPRES, por transgredir el Anexo, punto 4.1.1. de la Resolución S.R.T. Nro. 1721/04 y el punto 5, de la Circular Gerencia de Prevención y Control (G. P. y C.) nro. 01/2004. Su memoria corre a fs.

    161/177.

    La sanción se aplicó en relación al empleador S.J.C. y respecto del trabajador accidentado R.R.B.,

    Registro Operativo de Auditoria Medica (R.O.A.M.) N° 16.488/2017 de fecha 11.10.2017, porque la aseguradora no remitió, a través de los mecanismos establecidos en la normativa vigente, la información correspondiente a la investigación de accidente mortal. Ello, teniendo en cuenta que no obstante aquélla fue realizada por la aseguradora el 03/11/2017 y conforme la documentación respaldatoria remitida mediante Ingreso S.R.T. N° 113.708 de fecha 11/02/2019 y de las constancias extraídas de los registros de sistema informático (obrantes a folios 61/65, 69 y 72), dicha investigación no fue informada al organismo (fs. 155).

  2. Los agravios de la recurrente discurren por los siguientes carriles: i) no se tuvo en cuenta el descargo efectuado; ii)

    cumplió con sus obligaciones; iii) excesivo rigorismo formal; iv) solicita la aplicación de las Resoluciones S.R.T. Nro. 45/19 y Nro. 48/19 y del Decreto 404/19; y, v) la multa es excesiva, por lo que solicita su morigeración.

    Fecha de firma: 31/03/2022

    Alta en sistema: 01/04/2022

    Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.G.V., JUEZA DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala B

  3. Corresponde confirmar la sanción aplicada a la aseguradora.

    De un análisis armónico del sistema de riesgos del trabajo y las normas que lo regulan, surgen las obligaciones derivadas de las reglas dictadas por el organismo de contralor, ello en tanto el ente está

    investido de las facultades de ley para dictar reglas en tal sentido.

    Las cargas que emanan de tales preceptos también regulan la actividad de empresas como la demandada. Cuando el artículo 32 de la ley 24.557 dispone sanciones por los "incumplimientos", alude a los de todas las reglas que integran el...

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