Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala F, 15 de Marzo de 2022, expediente COM 020403/2021/CA001

Fecha de Resolución15 de Marzo de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala F

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - S. F

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/EXPERTA A.R.T. S.A.

s/ORGANISMOS EXTERNOS (E.. S.R.T. N° 181857/18)

Expediente N° COM 20403/2021 SIL

Buenos Aires, 15 de marzo de 2022. RT

Y Vistos:

  1. a) Fue remitido a esta S. F por sistema DEOX el expediente S.R.T. n° 181857/18 al que fue otorgado en esta Cámara el n°

    COM 20403/2021 bajo caratula “SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL

    TRABAJO C/EXPERTA A.R.T. S.A. S/ORGANISMOS EXTERNOS”.

    D. aclarado por tanto que las referencias de foliatura de la presente decisión son aquellas otorgadas por el Organismo de control en el sumario referido.

    1. Viene apelada la Resolución RESAP-2021-109-APN-

    SRT#MT (v. fs. 146/51) que impuso a Experta A.R.T. S.A. una sanción equivalente a 249 MOPRES por incumplimiento a lo dispuesto en el art. 4 de la Ley n° 26.773 y en el art. 3 de la Resolución S.R.T. n° 414/99.

    La normativa imputada luce transcripta por la abogada sumariante en el dictamen jurídico (v. fs. 68/9), a la cual el Tribunal remite por razones de economía procesal.

  2. La S.R.T. sancionó a la aseguradora en relación a la contingencia laboral padecida por el Sr. R.E.A. el 03/06/2016. Concretamente se le atribuyó las siguientes infracciones:

    1. haber incurrido en demora en el pago de la prestación dineraria en concepto de Incapacidad Laboral Permanente Parcial Definitiva (I.L.P.P.D.) del 61,80 %, determinada por la Comisión Médica el 15/08/2017,

      mediante dictamen emitido en el expediente n° 152.018/17, en tanto que,

      Fecha de firma: 15/03/2022 notificada en esa misma fecha, y contando con 15 días para cumplir, recién Firmado por: R.F.B., JUEZ DE CAMARA

      Firmado por: M.E.S., PROSECRETARIA DE CAMARA

      Firmado por: E.L., PRESIDENTE DE LA SALA F

      Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - S. F

      puso a disposición del trabajador el dinero de la asistencia el 27/10/2017, es decir, fuera de término (v. pto. 1), resolución recurrida fs. 146); y,

    2. haber liquidado fuera de término y conjuntamente con el pago del ajuste el 05/04/2018, los intereses por abonar fuera de término la prestación dineraria (v. pto. 2), resolución recurrida fs. 146).

  3. El memorial luce agregado en fs. 357/372.

  4. Incumbe de manera liminar abordar el planteo expuesto respecto de la falta de fundamentación de la resolución atacada (v.

    fs. 175, Primer agravio).

    Al efecto, conviene recordar que la causa es...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR