Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 9 de Febrero de 2022, expediente COM 016213/2021/CA001

Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial S. B

16213/2021 - SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/

SWISS MEDICAL A.R.T. S.A. s/ORGANISMOS EXTERNOS

Buenos Aires, 9 de febrero de 2022.

Y VISTOS:

  1. S.M.A.S. apeló la resolución de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de fs. 149/152 que le impuso una multa de 301 MOPRES, por transgredir el art. 11 y el Anexo III de la Resolución SRT. nro. 463/09. Su memoria corre a fs. 153/173.

  2. La sanción fue aplicada respecto al empleador ‘Confecciones Abal S.R.L.’ con relación al establecimiento sito en la calle Antártida Argentina N° 1.882, L., provincia de Buenos Aires, porque la aseguradora no cumplió con la frecuencia mínima de visitas establecidas a fin de verificar el estado de cumplimiento de la normativa de salud y seguridad en el trabajo dado que según surge de las constancias extraídas de la Base Intranet y de la información aportada mediante Ingreso S.R.T. N°

    546.145 de fecha 27.09.2018, no efectuó visitas de verificación durante el año 2017, siendo que a la Clasificación Internacional Industrial Uniforme (C.I.I.U.) informada (N° 139.202 fabricación de ropa de cama y mantelería)

    le corresponde una frecuencia mínima de una (1) visita cada año calendario (fs.149/50).

  3. Los agravios discurren por los siguientes carriles: i) nulidad de la resolución, ii) cumplió con sus obligaciones y, no generó daño alguno,

    iii) solicita la aplicación de las Resoluciones SRT. nro. 45/29 y 48/19 y del decreto nro. 404/19 y, iv) la multa es excesiva y en consecuencia solicita su reducción.

  4. S. en forma liminar que la nulidad planteada con el recurso de apelación (pto. 4.1, fs. 157) no ha de ser receptada.

    Ello pues, el recurso de nulidad es improcedente cuando se trata de vicios o defectos reparables por vía del recurso de apelación,

    especialmente si se tiene en cuenta que los defectos que constituyen el Fecha de firma: 09/02/2022

    Alta en sistema: 10/02/2022

    Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.G.V., JUEZA DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial S. B

    fundamento del recurso de nulidad, se han introducido como agravios del de apelación, porque ello evidencia aceptación de la propia recurrente, en el sentido de que los vicios pueden obtener adecuada reparación a través de la revisión, en atención a lo especialmente establecido por el art. 253 Cpr.

    (A.H. “Tratado Teórico Práctico de Derecho Procesal Civil y Comercial”, Buenos Aires, 1961, T.I., pág. 630; idem, Palacio, “Derecho Procesal Civil”, Buenos Aires, 1977, T.I., pág. 168).

  5. Sentado ello, corresponde confirmar la sanción aplicada a la Aseguradora.

    De un análisis armónico del sistema de riesgos del trabajo y las normas que lo regulan, surgen las obligaciones derivadas de las reglas dictadas por el organismo de contralor; ello, en tanto el...

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