Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala E, 26 de Noviembre de 2021, expediente COM 008061/2021/CA001

Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2021
EmisorCamara Comercial - Sala E

8061 / 2021 SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/ BERKLEY INTERNATIONAL ASEGURADORA DE

RIESGOS DEL TRABAJO S.A. s/ORGANISMOS EXTERNOS

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E

8061 / 2021 SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/

BERKLEY INTERNATIONAL ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO

S.A. s/ORGANISMOS EXTERNOS

Buenos Aires, 26 de noviembre de 2021.-

Y VISTOS:

  1. Viene apelada la multa impuesta a la recurrente, quien persigue que se deje sin efecto la misma y, subsidiariamente, su morigeración.

    La sanción fue aplicada por incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la Resolución S.R.T. N° 001/05, toda vez que la aseguradora con relación a NUTRACEUTICA STURLA SOCIEDAD DE

    RESPONSABILIDAD LIMITADA acerca del establecimiento sito en la calle H.Y.N.° 15.892, B.,

    Provincia de BUENOS AIRES, conforme a su inclusión en la Muestra N° 10 (2015 - 2017) del Programa para la Prevención de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en PyMES, no acreditó la documentación respaldatoria de los Anexos y/o visitas de seguimiento y verificación a las Medidas Preventivas Acordadas (M.P.A.)

    incorporadas al Anexo V - Programa de Acciones de Prevención Específicas (P.A.P.E.) -, correspondientes al Fecha de firma: 26/11/2021

    Alta en sistema: 09/12/2021

    Firmado por: M.F.B., JUEZ N°CAMARA

    Expte. DE 8061 / 2021

    Firmado por: M.L.M., PROSECRETARIO DE CAMARA

    1

    Firmado por: H.M., JUEZ DE CAMARA

    8061 / 2021 SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/ BERKLEY INTERNATIONAL ASEGURADORA DE

    RIESGOS DEL TRABAJO S.A. s/ORGANISMOS EXTERNOS

    Programa para la Prevención de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en PyMES -la visita de seguimiento a las M.P.A. N° 3 y N° 7 realizada el día 05.05.16-.

  2. a) Advierte el Tribunal que el memorial en análisis no contiene en rigor una crítica,

    concreta y razonada del acto impugnado (CPr. 265).

    En efecto, la recurrente insiste en sostener que ha cumplido cabalmente con las obligaciones a su cargo y que no existe conducta reprochable a su parte.

    Afirma que el incumplimiento imputado no contiene sanción alguna en la ley, por lo que no afectaría a ningún bien jurídico, ni causó perjuicio alguno.

    Sin embargo, soslayó el análisis efectuado en el Dictamen de la Subgerencia de Asuntos Legales (fs. 138/143) donde se desestimaron dichas defensas, sin que surjan agregados nuevos elementos de prueba que desvirtúen los fundamentos de la sanción...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR