Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 25 de Septiembre de 2019, expediente COM 021703/2019

Fecha de Resolución25 de Septiembre de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial S. B 21703/2019 - SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/ORGANISMOS EXTERNOS Buenos Aires, 25 de septiembre de 2019.

Y VISTOS:

  1. Swiss Medical ART S.A. apeló a fs. 121/2, la resolución de la Superintendencia de Riesgos del trabajo de fs.

    118/20, que le impuso una multa de 301 MOPRES por transgredir el art. 1° y el Anexo, inciso 35 de la Resolución SRT 503/14. Su memoria corre a fs. 123/48.

    La sanción se impuso respecto al empleador Constructora Nugar SRL con relación a la obra N° 28 sita en la calle L.V.N.° 1057 de CABA, ya que no cumplió con el Plan de Visitas (conf. Resolución SRT 503/14) dentro de los 7 (siete)

    primeros días corridos para los trabajos de excavación a cielo abierto superiores a 1,20 (un metro veinte) y luego cada 15 (quince) días corridos, hasta la terminación de la totalidad de los trabajos (v. fs. 118 in fine).

  2. La recurrente alegó: i) cumplió con sus obligaciones, ii) carácter formal de la supuesta falta, iii) la apertura posterior de un sumario administrativo es una medida arbitraria iv) el acto administrativo carece de legalidad y razonabilidad, v) alega el Fecha de firma: 25/09/2019 Alta en sistema: 26/09/2019 Firmado por: M.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA #33976693#243620085#20190926120212004 Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial S. B principio de insignificancia, vi) el quantum de la multa es irrazonable y desproporcionado y, solicitó su reducción.

  3. Corresponde confirmar la sanción aplicada a la Aseguradora.

    Ello pues, del análisis armónico del sistema de riesgos del trabajo y las normas que lo regulan, surge la necesidad de cumplimiento estricto de las obligaciones surgidas de las reglas dictadas por el organismo de contralor.

    Este ente está investido de las facultades legales para dictar reglas en tal sentido. Las obligaciones que surgen de tales preceptos regulan la actividad de las aseguradoras. Cuando el artículo 32 de la ley 24.557 dispone sanciones por los "incumplimientos", alude a los de todas las disposiciones que integran el sistema; es decir de sus obligaciones emanadas de esa ley y sus normas reglamentarias.

    En el caso, no se trata de sancionar incumplimientos “formales”, sino del incumplimiento de obligaciones que afectan -severamente- a los trabajadores; como por ejemplo no cumplir con el Plan de visitas de conformidad con la...

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