Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 19 de Junio de 2019, expediente COM 007255/2019

Fecha de Resolución19 de Junio de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL S. B 7255/2019 - SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/ OMINT ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. s/ORGANISMOS EXTERNOS Buenos Aires, 19 de junio de 2019.

Y VISTOS:

  1. Omint ART SA apeló a fs. 138 la resolución de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de fs. 123/5, que le impuso una multa de 301 MOPRES por transgredir el art. 20, inciso 1, apartado b), de la ley 24.557. Su memoria corre a fs. 138/50.

    La sanción se aplicó con relación al siniestro acaecido el 2 de septiembre de 2017 al trabajador F.R.G.J., porque la aseguradora no brindó las prestaciones en especie a su cargo de manera oportuna; ello teniendo en cuenta que, indicó bota W. y la entrega de dicho material ortésico le fue provisto el 20 de septiembre de 2017, esto es, dieciocho (18) días posteriores a la indicación.

  2. Los agravios son: i) cumplió con sus obligaciones, ii) no existió perjuicio para el trabajador, iii) resultó arbitrario el sumario luego de la autosuscripción del reclamo en los términos previsto por la Resolución SRT 735/08, iv) el acto carece de justicia, legalidad y razonabilidad y, v) la multa es desproporcionada y en consecuencia solicita su reducción.

    Fecha de firma: 19/06/2019 Alta en sistema: 27/06/2019 Firmado por: M.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA #33380274#236329795#20190626094321142 3. El procedimiento descripto en la Resolución SRT N°

    735/08 -Anexo I puntos 1.4 y 3- habilita la opción para que las actuaciones se inicien conforme lo establecido por la Resolución S.R.T. N° 10/97 y, faculta a la Superintendencia para disponer la instrucción de un sumario en forma independiente, complementaria o simultánea a un proceso correctivo (CNCom., S. D, in re:

    Superintendencia de Riesgos del Trabajo c/Horizonte Cia.

    Argentina de Seguros Generales SA s/organismos externos

    , del 12/5/11).

    En consecuencia, dada la independencia del procedimiento correctivo nada impide que, de forma simultánea, independiente o incluso complementaria, la conducta de la Aseguradora pueda ser analizada conforme el procedimiento dispuesto por Resolución n°

    10/97, esto es, con la apertura del D.A.C. y la tramitación del pertinente sumario, como ocurre en autos.

  3. Corresponde confirmar la sanción aplicada a la Aseguradora.

    Ello pues, del análisis armónico del sistema de riesgos del trabajo y las normas que lo regulan, surge la necesidad de cumplimiento estricto de las...

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