Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 29 de Octubre de 2018, expediente COM 012035/2018/CA001

Fecha de Resolución29 de Octubre de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/ORGANISMOS EXTERNOS Expediente N° 12035/2018/CA01 Buenos Aires, 29 de octubre de 2018.

Y VISTOS:

I.V. apelada por la aseguradora de referencia la resolución de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de fs. 92/94 que dispuso imponerle una multa de 301 Mopre. La expresión de agravios se encuentra glosada a fs.

108/112.

  1. En autos se sancionó a la A.R.T. porque no habría controlado el contenido del Programa de Seguridad respecto a un empleador, puesto que el mismo no contenía la firma del director de obra y, por otro lado, no habría establecido correctamente un Plan de Visitas correspondiente a las tareas que realizaba, todo ello de acuerdo a las particularidades descriptas en fs. 92 y en el dictamen acusatorio circunstanciado de fs. 40. Las normas en cuestión son el artículo 3, anexo I, punto h) de la resolución SRT 51/97 y el artículo 5, inciso b)

    de la resolución SRT 550/11.

    En lo que concierne al fondo de la cuestión quien apela, si bien manifiesta su desacuerdo con la interpretación arribada por la autoridad de control en la resolución apelada, entiende esta Sala que no controvierte en su escrito de agravios los fundamentos allí vertidos en cuanto a la procedencia de la sanción administrativa.

    Respecto del marco normativo aquí aplicable, la resolución SRT 51/97 en su artículo 3 dispone que “Los Servicios de Higiene y Seguridad de los empleadores de la construcción, sean estos propios o contratados con su aseguradora, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 24 del Decreto 491/97, deberán redactar el Programa de Seguridad, según los requisitos que se definen Fecha de firma: 29/10/2018 en el ANEXO

  2. Los Servicios de Prevención de las Aseguradoras de Riesgos del Alta en sistema: 30/10/2018 Firmado por: MACHIN - VILLANUEVA (JUECES) - BRUNO (SECRETARIO), SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/ORGANISMOS EXTERNOS Expediente N° 12035/2018CA01 #31996185#220222379#20181029125304448 Trabajo serán responsables de controlar si el contenido del Programa de Seguridad es adecuado según las características y riesgos de cada obra, como así

    también de su cumplimiento, según el mecanismo de verificación que se describe en el ANEXO I.

    Asimismo, en el ANEXO I – PROGRAMA DE SEGURIDAD PARA LA ACTIVIDAD DE LA CONSTRUCCIÓN, inciso h) de la resolución SRT 51/97, se establece que como mínimo...

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