Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala F, 18 de Octubre de 2018, expediente COM 018094/2018/CA001

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala F

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Sala F SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO C/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ORGANISMOS EXTERNOS (EXPTE SRT N° 075444/13)

Expediente N° COM 18094/2018 AL Buenos Aires, 18 de octubre de 2018.

Y Vistos:

  1. Viene apelada la Resolución RESAP-2018-2644-APNSRT#MT (v.fs.134/136) que impuso a “Prevención A.R.T. S.A.” una multa equivalente a 301 MOPRES por incumplimiento de lo dispuesto en art. 36, inciso 1, apartado d) de la Ley n° 24.557.

  2. Se le imputó a la aseguradora con relación al empleador “Alfani, V.H.F.”, tocante al establecimiento sito en la calle Rioja n° 540 /Pasaje Tarrico n° 572/574, R., Pcia. de Santa Fe., el no haber remitido a la SRT la documentación respaldatoria solicitada por el organismo de control a través de Nota de Requerimiento de fecha 11/12/15 correspondiente a los avisos de inicio de obra nos. 61, 48 y 12.

  3. El memorial luce agregado a fs.137/149.

  4. Del detenido análisis de las constancias anejadas al sub lite surge el incumplimiento atribuido a la aseguradora.

    A., en tal sentido, que el dictamen jurídico de fs.104/112 y demás constancias de autos allí referidas, dan cuenta de la existencia de elementos de convicción que configuran la conducta punible, en función de la infracción a las normas que regulan la actividad de los sujetos del sistema de Riesgos del Trabajo.

    Del mismo se colige que la aseguradora con relación al empleador “Alfani, V.H.F.”, tocante al establecimiento sito en Fecha de firma: 18/10/2018 Firmado por: A.N.T., JUEZA DE CAMARA Firmado por: R.F.B., PRESIDENTE DE LA SALA F Firmado(ante mi) por: M.E.S., PROSECRETARIA DE CAMARA #32347036#214589280#20181017123522962 Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Sala F la calle Rioja n° 540 /Pasaje Tarrico n° 572/574, R., Pcia. de Santa Fe., no remitió a la SRT la documentación respaldatoria solicitada por el organismo de control a través de Nota de Requerimiento de fecha 11/12/15 (v. fs. 5)

    correspondiente a los avisos de inicio de obra nos. 61, 48 y 12.

    En efecto, de la respuesta efectuada por Prevención se desprende el incumplimiento de las obligaciones a su cargo por cuanto no acompañó (v. ingreso n° 494217/15 de fecha 18/12/15;fs.8 y sgtes.) “dentro del plazo de cinco días de recepción de la solicitud, a través del sistema de ventanilla electrónica”, dichos avisos de inicio de obra (v. detalle fs. 55/60), en clara...

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