Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 3 de Octubre de 2018, expediente COM 012465/2018/CA001

Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/ ASOCIART S.A.

ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO s/ORGANISMOS EXTERNOS Expediente N° 12465/2018/CA01 Buenos Aires, 03 de octubre de 2018.

Y Vistos:

I.V. apelada la sanción de 350 Mopre impuesta en fs. 168/171.

El memorial se encuentra glosado en fs. 200/214.

  1. La infracción sancionada fue la de no haber otorgado en forma oportuna las prestaciones en especie a cargo de la A.R.T. que habían sido indicadas por la comisión médica jurisdiccional respecto de dos trabajadores, todo ello, conforme lo descripto en fs. 168/169 y en el dictamen acusatorio circunstanciado de fs. 120/121. Las normas que se consideraron infringidas son el artículo 20 apartado 1, incisos a) de la ley 25.557 y el artículo 2, párrafo segundo de la resolución SRT 1378/07.

    Surge de los elementos agregados en autos que las prestaciones en cuestión fueron puestas a disposición de los pacientes excediendo el plazo de diez días corridos desde la notificación de los respectivos dictámenes.

    La recurrente, si bien afirma que cumplió con el otorgamiento de las prestaciones, considera esta Sala que, en definitiva, no deja desvirtuado el proceder que aquí se le cuestiona, toda vez que no queda acreditado que efectivamente haya actuado de manera diferente en ninguno de los casos en análisis. Las alegaciones de quien apela no resultan de suficiente entidad para relevarla de su responsabilidad administrativa que aquí se le endilga, consecuente con la obligación legal de brindar ese tipo de atenciones de la manera debida.

    Resulta oportuno ponderar lo sostenido por este Tribunal en cuanto Fecha de firma: 03/10/2018 a que son las comisiones médicas las encargadas de determinar el contenido y Alta en sistema: 04/10/2018 Firmado por: MACHIN - VILLANUEVA (JUECES) - BRUNO (SECRETARIO), c/

    SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO s/ORGANISMOS EXTERNOS Expediente N°

    12465/2018CA01 #32025292#217986366#20181003110456218 alcance de las prestaciones en especie que la A.R.T. debe brindar a los trabajadores accidentados. Así, los dictámenes emitidos tienen carácter vinculante y son obligatorios para las partes.

    Cabe resaltar también que, en el contexto del sistema de riesgos del trabajo, son las A.R.T. las responsables frente al organismo de control. En tal calidad de persona obligada, es la propia aseguradora quien responde por el incumplimiento de los deberes...

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