Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 21 de Febrero de 2017, expediente COM 013122/2016/CA001

Fecha de Resolución21 de Febrero de 2017
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/ SWISS MEDICAL ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.

s/ORGANISMOS EXTERNOS Expediente N° 13122/2016/CA01 Buenos Aires, 21 de febrero de 2017.

Y VISTOS:

I.V. apelada por la Aseguradora de referencia la resolución de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de fs. 79/82 que dispuso imponerle una multa de 650 MOPRE. La expresión de agravios luce glosada a fs. 93/106.

  1. La sanción fue impuesta en razón de que la aseguradora habría incurrido en demora en efectuar el pago íntegro correspondiente a la prestación dineraria por incapacidad laboral permanente parcial definitiva (I.L.P.P.D.) a un trabajador que había sufrido un accidente laboral, de acuerdo a las particularidades referidas en fs. 80.

    La recurrente alega que se trató de una falta leve y afirma que al notar el error, procedió a liquidar la suma correspondiente con más los intereses, destacando su voluntad de pago.

    Las manifestaciones efectuadas en el memorial no resultan ser de suficiente relevancia para demostrar un proceder distinto al que se le reprocha en autos, toda vez que según las constancias obrantes en el presente sumario surge que el plazo legal para efectuar el respectivo pago ya se encontraba vencido, configurándose así la demora cuestionada.

    Así las cosas, ante la claridad de la normativa aplicable al caso, los argumentos expuestos por la quejosa no resultan idóneos para revertir la sanción administrativa impuesta (v. en el mismo sentido, esta S., en autos “Superintendencia de Riesgos del Trabajo - Liberty ART S.A. s/ apelación directa” -exp. 9471.10-, del 1.10.10; “Superintendencia de Riesgos del Trabajo -

    Asociart ART SA s/ org. externos" -exp. 1793.13-, del 21.03.13, entre otros).

    Fecha de firma: 21/02/2017 Firmado por: VILLANUEVA - MACHIN (JUECES) - TRUEBA (PROSECRETARIO DEc/ SWISS MEDICAL ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.

    SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO CÁMARA), Firmado(ante mi) por: M.R.T. , PROSECRETARIO DE CÁMARA s/ORGANISMOS EXTERNOS Expediente N° 13122/2016CA01 #28564197#172331976#20170221073620010 En efecto, en el sistema de riesgos del trabajo es la aseguradora la obligada frente al organismo de control respecto del deber de respetar en forma estricta los plazos legales. En tal sentido, debe tomar los recaudos necesarios y procurar el fiel cumplimiento de los mandatos que imponen las normas que conforman el sistema de riesgos del trabajo. La relevante función social que...

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