Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 15 de Diciembre de 2016, expediente COM 024440/2016

Fecha de Resolución15 de Diciembre de 2016
EmisorCamara Comercial - Sala D

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA D 24440/2016/CA1 SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO C/ ASOCIART ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ORGANISMOS EXTERNOS.

Buenos Aires, 15 de diciembre de 2016.

  1. Asociart Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. apeló en fs.

    122/130 la Resolución Administrativa nº 555/16 que luce en fs. 113/116, en cuanto le impuso una sanción equivalente a 375 MOPRES.

  2. La Superintendencia de Riesgos del Trabajo sancionó a la recurrente, con relación al accidente laboral acaecido el día 2.11.12 al trabajador P.S.R., por incumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley n° 26.773, toda vez que demoró en abonar la prestación dineraria en concepto de Incapacidad Laboral Permanente Parcial Definitiva (I.L.P.P.D.) del siete con cincuenta por ciento (7,50%).

  3. Como la recurrente denuncia en fs. 125 punto

    V.-2) la nulidad de la resolución en cuestión, cabe recordar que -como ocurre con los actos jurisdiccionales- dicho planteo sólo procedería cuando la decisión adolece de vicios o defectos de forma o de construcción, es decir, cuando se ha dictado sin sujeción a los requisitos de tiempo, lugar y forma prescriptos por la ley adjetiva, mas no en hipótesis -como la aquí invocada- de errores in iudicando, que de existir, pueden repararse justamente por medio de la apelación, ya que Fecha de firma: 15/12/2016 Firmado por: P.D.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.G.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.R.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: H.P., PROSECRETARIO DE CAMARA #29132862#168550266#20161215111558794 el ad quem puede examinar los hechos y el derecho con plena jurisdicción (arg. art. 253, Código Procesal; esta S., 26.6.14, “Superintendencia de Riesgos del Trabajo c/ Asociart A.R.T. S.A. s/ Organismos Externos”, registro de Cámara n° 10021/2014; íd., 28.8.14, “Superintendencia de Riesgos del Trabajo c/ Interacción A.R.T. S.A. s/ Organismos Externos”, registro de Cámara nº 4034/2014; íd., 25.9.14, “Superintendencia de Riesgos del Trabajo c/ Asociart A.R.T. S.A. s/ Organismos Externos”, registro de Cámara n°

    24981/2014).

    Sentado ello, y entrando a examinar el recurso de que se trata, debe recordarse que el deber-facultad de imponer sanciones que aquí se cuestiona se prevé como derivación del cumplimiento de la fiscalización a cargo de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (art. 36, ap. 1, de la Ley n°...

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