Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 28 de Octubre de 2016, expediente COM 035052/2015/CA001

Fecha de Resolución28 de Octubre de 2016
EmisorCamara Comercial - Sala C

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/ SWISS MEDICAL ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A s/ORGANISMOS EXTERNOS Expediente N° 35052/2015/CA01 Buenos Aires, 27 de octubre de 2016.

Y VISTOS:

I.V. apelada por la aseguradora de referencia la resolución de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de fs. 374/377 que dispuso imponerle una multa de 800 Mopre. La sumariada presentó memorial a fs. 380/387.

  1. La sanción fue impuesta toda vez que la autoridad de control consideró que la A.R.T. incurrió en diversas infracciones, como ser: no habría informado por sistema extranet, dentro del plazo establecido, ciertos avisos de inicio de obra; habría aprobado programas de seguridad confeccionados sin los requisitos mínimos establecidos; no habría denunciado ante la autoridad de USO OFICIAL control incumplimientos incurridos por varios empleadores en sus obras, como tampoco efectuado las visitas correspondientes; no habría cumplido con el plan de visitas para tareas de demolición, excavación de subsuelos y submuración para las obras de ciertos empleadores; no habría cumplido con el plan de visitas en las obras de ciertos empleadores, todo ello, conforme se describe en fs.

    375/376 y en el dictamen acusatorio circunstanciado de fs. 315/319.

    En cuanto a las normas que se habrían infringido, el artículo 13 de la Res. SRT 552/01 dice que “Recibido el Aviso de Obra, las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo deberán comunicarlo a esta S.R.T. sobre todas las obras de construcción que reúnan algunos de los siguientes requisitos: a) comprendan la realización de una excavación; b) comprendan la realización de una demolición; c) prevean el uso de medios de izaje, montacargas o montapersonas; d) requieran el uso de silletas o andamios colgantes” … “El plazo para la comunicación a la Fecha de firma: 28/10/2016 Firmado por: E.R.M., JUEZ DE CAMARA RIESGOS DEL TRABAJO c/ SWISS MEDICAL ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A SUPERINTENDENCIA DE Firmado por: J.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: RAFAELs/ORGANISMOS EXTERNOS Expediente N° 35052/2015CA01 F. BRUNO, SECRETARIO DE CÁMARA #27793683#165477670#20161027095436684 que se refiere el presente artículo será de CUARENTA Y OCHO (48) horas de haber tomado conocimiento, cuando se presenten los requisitos a) y/o b) …”.

    El anexo I, incisos e), f) y g) de la Res. SRT 51/97: PROGRAMA DE SEGURIDAD PARA LA ACTIVIDAD DE LA CONSTRUCCION, estipula en el inciso “e) Descripción de la obra y sus etapas constructivas con fechas probables de ejecución, f) Enumeración de los riesgos generales y específicos, previstos por etapas, g) Deberá contemplar cada etapa de obra e indicar las medidas de seguridad a adoptar, para controlar los riesgos previstos”.

    La res. SRT 51/97, en el art. 3 establece que “Los Servicios de Higiene y Seguridad de los empleadores de la construcción, sean estos propios o contratados con su Aseguradora, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 24 del decreto 491/97, deberán redactar el Programa de Seguridad, según los requisitos que se definan en el Anexo

  2. Los Servicios de Prevención de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo serán responsables de controlar si el contenido del Programa de Seguridad es adecuado según las características y riesgos de cada obra, cono así también de su cumplimiento según el mecanismo de verificación que se describe en el Anexo I”.

    El Anexo I de la res. SRT 51/97, en el punto 2, expresa que ”Cuando realicen las visitas de verificación, las Aseguradoras dejarán constancias de la actividad realizada, las observaciones y mejoras indicadas, como así también del seguimiento sobre el cumplimiento de esas mejoras. Estas constancias también serán adjuntadas al Programa de Seguridad de la obra y como mínimo contendrán los siguientes datos: - la...

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