Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 20 de Octubre de 2015, expediente COM 015920/2015/CA001

Fecha de Resolución20 de Octubre de 2015
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/

PREVENCION A.R.T. S.A. s/ORGANISMOS EXTERNOS Expediente N° 15920/2015/CA01 Buenos Aires, 20 de octubre de 2015.

Y VISTOS:

I.V. apelada por la aseguradora de referencia la resolución de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de fs. 69/71 en la que se dispuso imponerle una multa de 375 Mopre. La expresión de agravios se encuentra glosada a fs. 74/78.

  1. Cabe puntualizar que en autos se sancionó a la ART por no haber denunciado vía sistema al organismo de control, dentro de los plazos legalmente establecidos, el incumplimiento de un empleador, que había sido detectado en una constancia de visita a una obra en construcción de aquél. Se le reprochó asimismo otro incumplimiento, toda vez que el aviso USO OFICIAL de obra que fue enviado al organismo de control difería del que informó

    por sistema, todo ello según las particularidades descriptas en fs. 69/70.

    En lo que concierne al fondo de la cuestión, quien apela no controvierte de manera alguna en su escrito de agravios lo dicho por el organismo de control en cuanto a la procedencia en sí de la sanción administrativa, puesto que trata de minimizar las faltas considerándolas “insignificantes”, pero no desvirtúa ninguna de las imputaciones que aquí

    se le efectuaron.

    Por otro lado, como bien lo ha sostenido reiteradamente este Tribunal en casos análogos al presente, las omisiones de informar al organismo de control dificultan directamente a los necesarios controles en los lugares de trabajo. Sobre el punto la Sala ha seguido un criterio uniforme, tal los fundamentos plasmados en autos "Superintendencia de Fecha de firma: 20/10/2015 Riesgos del Trabajo - CNA A.R.T. S.A. s/ organismos externos" -expte.

    Firmado por: MACHIN-VILLANUEVA - GARIBOTTO (JUECES) - BRUNO (SECRETARIO), Firmado(ante mi) por: R.F.B., SECRETARIO DE CÁMARA 45142.10-, del 3.02.12, entre muchos otros.

    SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/ PREVENCION A.R.T. S.A. s/ORGANISMOS EXTERNOS Expediente N°

    15920/2015CA01 #27067328#141445227#20151016120835481 Poder Judicial de la Nación Es de ponderar, que no puede calificarse como formal, ni considerarse menor el tipo de faltas como las que aquí se ventilan. Se trata de materias donde prevalece siempre el relevante interés general, en aras del cual no debe quedar sin sanción el incumplimiento con las normas a las que debe sujetarse una A.R.T., entidad que cumple un papel fundamental en el Sistema de Riesgos del...

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