Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 23 de Diciembre de 2014, expediente COM 017593/2014

Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2014
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/ BERKLEY INTERNATIONAL A.R.T. S.A. s/ORGANISMOS EXTERNOS Expediente N° 17593/2014/CA1 Buenos Aires, 23 de diciembre de 2014.

Y VISTOS:

  1. Apeló la aseguradora de referencia la resolución de fs. 80/82 mediante la cual se le aplicó una multa de 750 MOPRE por infracción a la normativa sobre exámenes médicos. El memorial obra glosado a fs. 85/90.

  2. En cuanto al proceder administrativo aquí cuestionado, se le endilgaron a la aseguradora infracciones con respecto a la obligación de respetar el cronograma de realización de los exámenes médicos periódicos correspondientes al período 2010 para un trabajador de un empleador afiliado dedicado a la fabricación de pinturas, barnices y productos de revestimiento similares, por lo que habría incumplido con lo establecido por el art. 3, apartados 2 y 3, y en el Anexo II de la res. SRT 37/10. Los agentes de riesgo a los que se encontraba expuesto eran tolueno y xileno y los estudios omitidos ortocresol y metil hipúrico (v. fs. 82).

    En primer lugar, cabe hacer referencia que son las ART las responsables de la realización de los exámenes médicos, por lo que, consecuentemente, deben controlar que el empleador cumpla con ellos en caso de haberlo acordado así, o bien asumir la responsabilidad de manera directa.

    En ambos casos, tal como lo ha sostenido reiteradamente este Tribunal, es la propia aseguradora quien responde ante la falta de realización de los respectivos estudios médicos a los trabajadores (en el mismo sentido, esta S. ha resuelto en autos “Superintendencia de Riesgos del Trabajo - Federación Patronal Seguros SA s/ organismos externos” -exp. 14948.14-, del 30.10.14, entre otros).

    No debe pasarse por alto, en relación al tema que aquí se trata, que el principal objetivo de la ley 24557 es la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, mediante herramientas como el monitoreo del estado de salud de los trabajadores, derivado de la exposición a riesgos laborales. Ello se lleva a cabo mediante la realización de exámenes médicos, con la obligación de vigilar continuamente las condiciones y medio SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/ BERKLEY INTERNATIONAL A.R.T. S.A. s/ORGANISMOS EXTERNOS Expediente N° 17593/2014 Fecha de firma: 23/12/2014 Firmado por: VILLANUEVA - MACHIN - GARIBOTTO (JUECES) - BRUNO (SECRETARIO)

    Firmado(ante mi) por: R.F.B., SECRETARIO DE CÁMARA Poder Judicial de la Nación ambiente del trabajo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR