Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 3 de Septiembre de 2003, expediente P 75851

PresidenteGenoud-Roncoroni-Hitters-de Lázzari-Salas
Fecha de Resolución 3 de Septiembre de 2003
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 3 de setiembre de dos mil tres, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresG., R., Hitters, de L., S.,se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa P. 75.851, “Sueldo, J.A.. Robo calificado”.

A N T E C E D E N T E S

La Sala Primera de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Mercedes condenó a J.A.S.A. a la pena de ocho años de prisión, accesorias legales y costas, como autor penalmente responsable del delito de robo calificado por el uso de armas, y tenencia ilegal de arma de guerra, en concurso real, declarándolo reincidente.

El señor Defensor Oficial interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.

Oído el señor S. General, dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, el señor J.d.G. dijo:

Considero que el recurso no puede prosperar.

El señor Defensor se agravia de que se haya tenido por acreditada la autoría de su asistido en el desapoderamiento correspondiente a la causa nº 54.483, que damnificara a H.R.M..

Denuncia la violación de los arts. 226, 258, 259 incs. 2º a 6º y 263 regla cuarta letra b) del Código de Procedimiento Penal -según ley 3589 y sus modif.- criticando el valor probatorio de los elementos que utilizó el Tribunal para completar la declaración individualizante de la víctima M. en la integración de la prueba compuesta con que dio por demostrado el extremo...

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