Sucesorios publicados en la fecha 22 de julio de 2014

1. LA PLATAL.P.POR 10 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 22 de La Plata, cita y emplaza por 10 días a los Sucesores de la demandada PERALTA ALICIA MARGARITA, y/o a quién se crea con derechos al dominio del inmueble objeto de autos. La Plata, 25 de junio de 2014. Carlos José Sozzani, Secretario.L.P. 22.558 / jul. 16 v. jul. 29 POR 3 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 6 de San Martín, cita y emplaza por treinta (30) días a herederos y a acreedores de CRUZ MIGUEL ALBINO Y ALONSO NATIVIDAD DE JESÚS, para que en dicho término se presenten a hacer valer sus derechos y acrediten vínculo con el causante. General San Martín, 10 de junio de 2014. Romina Alejandra Acuña, Secretaria.L.P. 21.908 / jul. 18 v. jul. 22 POR 2 DÍAS - El Juzgado de Paz Letrado de Pehuajó, a cargo de la Dra. María Andrea Sagrera, Departamento Judicial de Trenque Lauquen, sito en Bmé. Mitre Nº 725 - Pehuajó, en los autos “Gómez, Honoria Amalia c/Lescano de Jaimes, Ana s/ Usucapión”, Expte. Nº 2517/2013, cita y emplaza a ANA LESCANO DE JAIMES o en su caso a sus Herederos y a todo aquél que se considere con derecho sobre el inmueble identificado como: Nom. cat.: Circ.: XII, Sección: S, Manzana: 115, Parcela: 3; Partida: 5905; inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble al Folio Nº 151 año 1917; Pdo. de Pehuajó (080); para que dentro del plazo de 10 días comparezcan a tomar la intervención que les corresponda en autos bajo apercibimiento de designárseles al Defensor de Pobres y Ausentes que corresponda para que los represente en el proceso (Conf.Arts. 341 y 681 CPCC). Pehuajó, 10 de julio de 2014. Ariel Alejandro Michelli, Abogado - Secretario.L.P. 22.710 / jul. 21 v. jul. 22POR 3 DÍAS - Se hace saber que en los autos “Mosconi, Yolanda Raquel c/Gallego, Sebastián y otros s/Usucapión” (Nº 380/2004), que tramitan ante el Juzgado de Paz Letrado de Bolívar, Secretaría Única del Depto.Judicial de Azul, ubicado en Balcarce Nº 158 de dicha localidad, se ha dictado la siguiente resolución: “Bolívar, 10 de septiembre de 2009. (..) No habiéndose presentado el codemandado GUILLERMO DANIEL MARTÍNEZ y GALLEGO (...) según lo dispuesto por el artículo 59 del C.P.C.C., decláraselo en rebeldía, haciéndole saber que las sucesivas providencias le serán notificadas automáticamente en la forma que determina el artículo 133 del código citado. Notifíquese esta resolución a los declarados en rebeldía, personalmente o por cédula (artículo 59 del C.P.C.C.). Liliana A. Pardo, Jueza de Paz Letrada subrogante”. Santiago Guillermo Arrondo, Secretario.Bolívar, de mayo de 2014.L.P. 22.716 / jul. 21 v. jul. 23 POR 3 DÍAS - Se hace saber que en los autos “Mosconi, Yolanda Raquel...

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