Subsecretaría de Regulación y Control Ambiental, Año 2021 - Disp. N° 139 a 144

Fecha de publicación07 Octubre 2021
Tipo de documentoDISPOSICIONES SINTETIZADAS
Número de Gaceta13750
SecciónSección Oficial
BOLETÍN OFICIAL PÁGINA 7
Jueves 7 de Octubre de 2021
cumplimiento de la normativa vigente en materia de
presentismo por parte del agente mencionado, los efec-
tos de la respectiva liquidación de haberes.-
Artículo 3°.- Al término período mencionado en el
Artículo 2°, el agente deberá ser absorbido por la Direc-
ción General de Obras Públicas de Arquitectura - Sub-
secretaría de Obras Públicas - Ministerio de Infraes-
tructura, Energía y Planificación, caso contrario se dará
por concluida la adscripción.-
Res. Conj. N° XII-46 MIEyP y
XIII-390 ME 01-10-21
Artículo 1°.- Aprobar la adscripción del agente
RIQUELME, Mauricio Andrés Ramón (M.I N° 25.656.733
- Clase 1977) quien reviste en el Agrupamiento Perso-
nal de Servicios - Categoría IV del Convenio Colectivo
de Trabajo N° 11/13, dependiente del Ministerio de Edu-
cación, en la Dirección General de Obras Públicas de
Arquitectura - Subsecretaria de Obras Públicas del Mi-
nisterio de Infraestructura, Energía y Planificación, a
partir del 01 de septiembre de 2020 y hasta el 31 de
diciembre de 2020, inclusive.-
DISPOSICIONES SINTETIZADAS
SUBSECRETARÍA DE REGULACIÓN Y
CONTROL AMBIENTAL
Disp. N° 139 27-08-21
Artículo 1º.- RENOVAR por el término de UN (1)
año con el Número de Registro 417 a la empresa
GENARO Y ANDRES DE STEFANO S.A. C.U.I.T. N° 30-
50068982-6, con domicilio real en Ruta Nacional A010
Km. 0.6 de la ciudad de Puerto Madryn, Provincia del
Chubut, y domicilio legal en calle Bernardo de Irigoyen
N° 308 Piso 5° A, de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires en el REGISTRO PROVINCIAL DE GENERADORES
Y OPERADORES DE SUSTANCIAS PELIGROSAS como
Generador de Residuos Peligrosos de las corrientes
Y8 (Desechos de aceites minerales no aptos para el
uso a que estaban destinados), Y9 (Mezclas y
emulsiones de desecho de aceite y agua o de hidrocar-
buros y agua) e Y48 (Materiales y/o elementos diver-
sos contaminados con las corrientes anteriormente
mencionadas) de las categorías sometidas a control
definidas en el Anexo C de la Ley XI Nº 35, a partir de la
fecha de la presente.-
Artículo 2º.- La empresa deberá cumplimentar en el
plazo de VEINTE (20) días, a partir de la notificación de
la presente Disposición, la siguiente documentación,
sin perjuicio de aplicar las sanciones que correspon-
dan:
1. Debe presentar designación/ratificación del Re-
presentante Técnico Ambiental, dónde se detallen las
tareas que desarrolla el profesional interviniente con
incumbencias en la materia.
2. Presentar la memoria técnica que describa ade-
cuadamente las operaciones y procesos realizados en
planta acompañada de diagramas de flujo explicativos,
un listado de los equipos utilizados en los procesos
productivos especificando: tipo, descripción, formas
de energía consumidas y consumos de energía, y un
croquis interno de la ubicación de procesos.
3. Plan de Contingencias contemplando la totalidad
de incidentes que involucren los residuos peligrosos
generados e incluyendo rol de llamadas ante emergen-
cias con comunicación a esta Autoridad de Aplicación.
4. Croquis de la base de la firma indicando los sitios
de generación y almacenamiento transitorio de resi-
duos. Cumplimiento Disposición Nº 185/12 SRyCA.
5. Plan de capacitaciones al personal que maneja
residuos peligrosos para el año en curso, adjuntando
planillas de asistencias y Cronograma de capacitación
vigente/tentativo
6. Información que acredite la relación contractual
con la/s firma/s encargada/s del retiro, transporte pos-
terior tratamiento y/o disposición final de los residuos
peligrosos generados.
7. Comprobantes originales del Pago de la Tasa Anual
como Generador de Residuos Peligrosos correspon-
diente al año 2017 y 2018, dado que no obra en el
expediente comprobantes de pago de la misma.
8. Póliza de contratación de seguro ambiental.
9. Comprobante original del Pago de la Tasa de Eva-
luación de Información Complementaria, inciso j) Art.
83º Ley XXIV Nº 95.
10. Informar volúmenes generados, almacenamien-
to temporario, tratamiento y disposición final de los mis-
mos. Cabe aclarar que se informó por parte de la em-
presa, mediante respuesta a Nota Nº 624/16, el acopio
de 2 tambores de 200 l con residuos sólidos Y48.
11. Manual de Higiene y Seguridad.
12. Procedimiento de gestión integral de residuos.
Artículo 3º.- OTORGUESE el Certificado Ambiental
Anual la empresa GENARO Y ANDRES DE STEFANO
S.A., CUIT Nº 30-50068982-6, con domicilio real en Ruta
Nacional A010 Km. 0.6 de la ciudad de Puerto Madryn,
Provincia del Chubut, y domicilio legal en calle Bernardo
de Irigoyen N° 308 Piso 5° A, de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires como Generador de Residuos Peligro-
sos.-
Artículo 4°.- La empresa GENARO Y ANDRES DE
STEFANO S.A. deberá comunicar en forma inmediata,
dentro de las VEINTICUATRO-(24) horas, a este Minis-
terio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable
toda vez que se produzca un hecho que pueda gene-
rar daño al ambiente, bajo apercibimiento de aplicar las
sanciones previstas en la normativa vigente.-
Artículo 5º.- Como Generador de Residuos Peligro-
sos la empresa GENARO Y ANDRES DE STEFANO S.A.
deberá llevar un Libro de-Registro-rubricado y foliado,
donde consten cronológicamente la totalidad de las
operaciones realizadas, incluyendo: fecha, tipo y can-
tidades de residuos generados, Manifiestos de Trans-
porte Provincial, certificados de disposición final, inci-
dentes, observaciones y demás requisitos exigidos por
la legislación vigente.-
Artículo 6º.- El Libro de Actas deberá ser presenta-
do al momento de la renovación en el Registro corres-
pondiente, cumpliendo los requisitos solicitados en el
Artículo anterior.-
BOLETÍN OFICIAL
PÁGINA 8 Jueves 7 de Octubre de 2021
Artículo 7º.- Al término de la vigencia establecida
en el Artículo 1°, y a los efectos de extender el plazo de
inscripción por igual período, la empresa GENARO Y
ANDRES DE STEFANO S.A.- deberá presentar anual-
mente la siguiente documentación, bajo apercibimiento
de Ley:
a) Declaración Jurada como Generador de Resi-
duos Peligrosos, acompañada con la documentación
solicitada en el formulario.
b) El libro de Actas en uso.
c) Estatuto y/o Actas de Directorio.
d) Pago de la Tasa retributiva de Servicios corres-
pondiente, según Ley de Obligaciones Tributarias vi-
gente en la Provincia del Chubut.
e) Toda aquella documentación que la Autoridad de
Aplicación considere pertinente para mantener la ins-
cripción.
Artículo 8º.- En caso que la empresa GENARO Y
ANDRES DE STEFANO S.A. no presente la documenta-
ción establecida en el-Artículo anterior, y vencido el
plazo de apercibimiento, se procederá a renovar de
oficio la inscripción, sin perjuicio de las demás sancio-
nes que pudieran corresponder.-
Disp. N° 140 06-09-21
Artículo 1º.- RECTIFICAR el Artículo 1° de la Dispo-
sición N° 115/21-SRyCA, de fecha 27 de mayo de 2021,
el cual quedará redactado de la siguiente manera:
«Artículo 1°.- RENOVAR la inscripción por el tér-
mino de UN (1) año, bajo el Registro N° 149 a la empresa
PATAGONIA ECOLÓGICA S.A., C.U.I.T. Nº 30- 70782208-
9, con domicilio en Nuncio Decaro Nº 730 Parque Indus-
trial Pesado, Puerto Madryn, Provincia del Chubut, como
OPERADOR PARA EL TRATAMIENTO de los residuos de
las corrientes Y1, Y2, Y3, Y6, Y8, Y9, Y11, Y18, Y41 e
Y42 y OPERADOR POR ALMACENAMIENTO de corrien-
tes Y31/34, Y26, Y29, Y36, Y42 e Y48 (Y5, Y6, Y8,
Y9, Y11, Y12, Y13, Y24, Y26, Y 29, Y31, Y34, Y35 e
Y36), de las categorías sometidas a control definidas
en el Anexo I de la Ley Nº 24051, en el REGISTRO
PROVINCIAL DE GENERADORES Y OPERADORES DE
SUSTANCIAS PELIGROSAS, a partir de la fecha de la
presente. –
Disp. N° 141 06-09-21
Artículo 1º.- INSCRIBIR por el término de UN (1) año
con el Número de Registro 918 a la empresa HSBC
BANK ARGENTINA S.A., C.U.I.T. N° 33-53718600-9, con
domicilio real en calle Belgrano N° 271 de la ciudad de
Trelew, Provincia del Chubut, y domicilio legal en calle
Florida N° 229 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
en el REGISTRO PROVINCIAL DE GENERADORES Y
OPERADORES DE SUSTANCIAS PELIGROSAS como
Generador Eventual de Residuos Peligrosos de la co-
rriente Y36 (Asbestos - Polvo y fibras) de las catego-
rías sometidas a control definidas en el Anexo C de la
Ley XI Nº 35, a partir de la fecha de la presente.-
Artículo 2°.- OTÓRGUESE el Certificado Ambiental
Anual a la empresa HSBC BANK ARGENTINA S.A.,
C.U.I.T. N° 33-53718600-9, con domicilio real en calle
Belgrano N° 271 de la ciudad de Trelew, Provincia del
Chubut, y domicilio legal en calle Florida N° 229 de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como Generador
Eventual de Residuos Peligrosos.-
Artículo 3°.- La empresa HSBC BANK ARGENTINA
S.A. deberá comunicar en forma inmediata, dentro de
las VEINTICUATRO-(24) horas, a este Ministerio de
Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable toda vez
que se produzca un hecho que pueda generar daño al
ambiente, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones
previstas en la normativa vigente.-
Artículo 4º.- Como Generador de Residuos Peligro-
sos la empresa HSBC BANK ARGENTINA S.A. deberá
llevar un Libro de Registro rubricado y foliado, donde
consten cronológicamente la totalidad de las operacio-
nes de carga y descarga realizadas, incluyendo: fe-
cha, tipo y cantidades de residuos generados, Mani-
fiestos de Transporte Provincial, Operador por Almace-
namiento, Manifiestos de Transporte Nacional, certifi-
cados de disposición final, observaciones.-
Artículo 5º.- El Libro de Actas deberá ser presenta-
do al momento de la renovación en el Registro corres-
pondiente, cumpliendo los requisitos solicitados en el
Artículo anterior.-
Artículo 6º.- Al término de la vigencia establecida
en el Artículo 1°, y a los efectos de extender el
Certificado Ambiental Anual por igual período, la empre-
sa HSBC BANK ARGENTINA S.A. deberá presentar
anualmente la siguiente documentación, bajo apercibi-
miento de Ley:
a) Declaración Jurada como Generador de Resi-
duos Peligrosos, acompañada con la documentación
solicitada en el formulario.
b) Libro de Actas en uso.
c) Estatuto y/o Actas de Directorio.
d) Comprobante de pago, en original, de la Tasa
Retributiva de Servicios según Ley de Obligaciones
Tributarias, vigente en la Provincia del Chubut.
e) Toda aquella documentación que la Autoridad de
Aplicación considere pertinente para mantener la ins-
cripción.
Artículo 7º.- En caso que la empresa no presente
la documentación establecida en el Artículo anterior, y
vencido el plazo de apercibimiento, se procederá a re-
novar de oficio la inscripción, sin perjuicio de las demás
sanciones que pudieran corresponder.-
Disp. N° 142 06-09-21
Artículo 1º.- INSCRIBIR por el término de UN (1) año
con el Número de Registro 916 a la empresa GENNEIA
S.A., C.U.I.T. N° 30-66523411-4, con domicilio real en
Ruta Nacional N° 3, Km. 1376 en la ciudad de Puerto
Madryn, Provincia del Chubut, y domicilio legal en calle
Nicolás Repetto N° 3676 3° Piso de la localidad de Oli-
vos, Partido de Vicente López, Provincia de Buenos
Aires, en el REGISTRO PROVINCIAL DE GENERADO-
RES Y OPERADORES DE SUSTANCIAS PELIGROSAS
como Generador de Residuos Peligrosos de las co-
rrientes Y8 (desechos de aceites minerales no aptos
para el uso a que estaban destinados), Y9 (mezclas y
emulsiones de desecho de aceite y agua o de hidrocar-
buros y agua), Y12 (desechos resultantes de la pro-
ducción, preparación y utilización de tintas, colorantes,
pigmentos, pinturas, lacas o barnices), Y48 (materiales

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