Subsecretaría de Gestión Ambiental y Desarrollo Sustentable, Año 2018 - Disp. N° 27 y 28

Fecha de publicación22 Febrero 2018
Tipo de documentoDISPOSICIONES SINTETIZADAS
Número de Gaceta12872
SecciónSección Oficial
BOLETIN OFICIAL PAGINA 5
Jueves 22 de Febrero de 2018
SECRETARÍA DE TRABAJO
DELEGACIÓN REGIONAL PUERTO MADRYN
Res. N° 49 24-01-18
Artículo 1°.- IMPONESE al Sr. «Morales Sergio Ra-
fael» CUIT N° 20-25192540-3, con domicilio fiscal en
calle Hipólito Irigoyen 128 de esta ciudad, en virtud del
incumplimiento a las siguientes normas: 1) Decreto 911/
96 Art. 52 inc. a y Art. 5 (no colocó protección anticaída
en aberturas de pisos superiores y escaleras); 2) De-
creto 911/96 cap. 9 Art. 222 al 228 (no adecuo anda-
mios); 3) Decreto 911/96 cap. 6 art. 84 (no adecuó, fijar,
el tablero eléctrico en obra); 4) Ley 24557 Art. 27 (no
presentó Contrato con la ART); 5) Ley 24557 Art 4 inc
2, Dto 170/96 (No Presentó Constancia de Visita de La
A.R.T.); 6) Ley 19587 Art. 9 Inc. K, Dec. 911/96 Cap. 1
Art. 10 (No presentó constancia de capacitación otor-
gadas al personal en materia de Higiene y Seguridad);
7) Res. 299/11 SRT (No Presentó Constancia de Entre-
ga de Ropa de Trabajo y EPP); 8) Res. 51/97 Art. 1 (no
presentó Aviso de inicio de obra); 9) Res 502/02 SRT
Art.1, Res 310/02 SRT (No presentó constancia de
entrega de Credenciales de la ART); 10) Res. 51/97
Art.2 y 3 (no presentó Programa de Seguridad aproba-
do por la ART), de conformidad a lo establecido en el
Art. 31 inc. K de la Ley X Nº 15, una multa equivalente
a dos (02) salarios del importe del Salario Mínimo Vital y
Móvil mensual vigente en la Provincia del Chubut, as-
cendiendo el S.M.V. y M. a la suma de PESOS NUEVE
MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 9.500,00), por lo que la
multa asciende a la suma de PESOS DIECINUEVE MIL
CON 00/100 ($ 19.000,00) por las infracciones cometi-
das a sus obligaciones emergentes de la relación labo-
ral (conf. Art. 31 inc k de la Ley Provincial X Nº 15).
Artículo 2°.- NOTIFÍQUESE: al Sr. «Morales Sergio
Rafael», que la multa impuesta en el Art. 1° de la pre-
sente, cuyo monto total asciende a la suma de PESOS
DIECINUEVE MIL CON 00/100 ($ 19.000,00) deberá abo-
narse en el plazo de cinco (05) días hábiles de notifica-
da, mediante depósito en el Banco Chubut S.A., para lo
cual se adjunta boleta de depósito. Cumplido el pago, el
mismo deberá ser acreditado por ante esta Delegación
Regional de Trabajo sita en calle Sáenz Peña N° 355 de
la ciudad de puerto Madryn, bajo apercibimiento de te-
ner por no abonada la multa impuesta e iniciar el proce-
so previsto en el Art. 32 de la Ley X N° 15 que a sus
efectos se transcribe: «firme la resolución sancionatoria
la falta de pago de la multa impuesta autoriza a la Se-
cretaría de Trabajo a proceder a su ejecución por ante
el Juzgado letrado de primera instancia en lo laboral
competente. Así mismo, podrá disponer la Clausura del
establecimiento hasta el cumplimiento de la sanción,
manteniéndose entre tanto el derecho de los trabajado-
res al cobro integro de sus remuneraciones.
Artículo 3°.- INTIMAR al Sr. «Morales Sergio Rafael», a dar
debido cumplimiento a las disposiciones legales y/o conven-
cionales que reglamenten el trabajo en todas sus formas.
Artículo 4º.- DETERMINASE que el presente acto es
definitivo en vía administrativa y que el administrado
cuenta con el recurso de apelación, previo a pago de la
multa, por ante la Delegación Regional de Puerto Madryn
de acuerdo a lo previsto en el Art. 31 inc. I de la Ley X
N° 15, que a sus efectos se trascribe: I) La Resolución
que imponga la multa podrá ser apelada previo pago de
esta dentro de los tres (03) días de notificado. El recur-
so se interpondrá por ante la autoridad que aplico la
sanción y deberá ser fundado. Las actuaciones con-
juntamente con la aplicación, serán remitidas dentro del
quinto día hábil al Juzgado de primera instancia con
competencia en lo laboral y jurisdicción en el lugar don-
de se hubiere comprobado la infracción para resolu-
ción definitiva»
SUBSECRETARÍA DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA
SOCIAL
Res. Nº 02 15-02-18
Artículo 1°.- Autorizar el funcionamiento como Sucursal
en la ciudad de Comodoro Rivadavia, Provincia del Chubut,
a ACA SALUD COOPERATIVA DE SERVICIOS MEDICOS
ASISTENCIALES LIMITADA – MATRICULA N° 9.943, con
domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°.- La sucursal funcionará en calle
Belgrano 821, local 2 de la ciudad de Comodoro Rivadavia
– Departamento Escalante.
Res. Nº 03 15-02-18
Artículo 1°.- Autorizar el funcionamiento como Sucur-
sal en la ciudad de Puerto Madryn, Provincia del Chubut, a
ACA SALUD COOPERATIVA DE SERVICIOS MEDICOS
ASISTENCIALES LIMITADA – MATRICULA N° 9.943, con
domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°.- La sucursal funcionará en calle 25 de Mayo
326, de la ciudad de Puerto Madryn – Departamento Biedma.
DISPOSICIONES SINTETIZADAS
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN AMBIENTAL Y
DESARROLLO SUSTENTABLE
Disp. Nº 27 16-02-18
Artículo 1º.- RENUÉVESE la inscripción N° 035 al La-
boratorio denominado: FIX SUDAMERICANA S.A. (CUIT
N° 30-70939189-1), en el «Registro Provincial de Labo-
ratorios de Servicios Analíticos Ambientales», cuyo res-
ponsable técnico es el Licenciado en Ciencias Químicas:
Luis Enrique ARACH, DNI N° 18.632.309, con domicilio
legal en Avenida Corrientes N° 1257, Piso 2°, Dpto. «C» y
domicilio real en calle Lavalle N° 1021, Don Bosco-Quilmes,
ambos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2º.- El vencimiento operará en el plazo de
UN (1) año contado a partir de la fecha de la presente,
por lo que el laboratorio deberá solicitar la renovación y
actualizar la documentación bajo apercibimiento de sus-
pender automáticamente la inscripción.
Artículo 3º.- Los parámetros, matrices, métodos o
técnicas y límites de cuantificación de los analitos cons-
tan en el Anexo I que integra la presente Disposición.

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