Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA J, 24 de Noviembre de 2015, expediente CIV 052882/2013/CA001

Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2015
EmisorSALA J

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J Expte n° 52882/2013 – “S.D.J. c/UGOFE s/Daños y Perjuicios” – Juzgado Nacional en lo Civil n° 62 Buenos Aires, Noviembre de 2015.-

Y VISTOS;

Y CONSIDERANDO:

Las presentes actuaciones se remiten a conocimiento del Tribunal con motivo del recurso de apelación interpuesto a fs. 212 por el citado como tercero Estado Nacional contra la resolución de fs. 207, concedido a fs. 214. Presenta memorial a fs. 215/225, que no fue contestado.

El decisorio apelado rechaza la excepción de incompetencia opuesta a fs. 137 vta. y el planteo de desplazamiento de la competencia efectuado por el Estado Nacional.-

A fs. 232/234 obra el dictamen del Sr. Fiscal Cámara, en el sentido de que se revoque lo resuelto por el Sr. Juez “a quo”.-

En el “sub lite” el actor inicia demanda a fs. 22 contra UGOFE S.A. Línea Gral Roca) para reclamar los daños y perjuicios que dice haber padecido como consecuencia del hecho acaecido el 1 de Diciembre de 2009, aproximadamente a las 7.10. Relata a fs. 22 vta. ap.

V, que el día mencionado se encontraba caminando por el Andén de la Estación Quilmes de la Empresa TBA, ex Línea Roca, cuando tropezó

con un cabe de alambre que atravesaba el andén, estaba colocado a una altura de 15 cm desde el ras del piso. Refiere que como consecuencia de ello, perdió el equilibrio y al no tener ninguna baranda para agarrarse ni sostenerse, se cayó de frente contra los rieles de las vías, golpeándose fuertemente la cabeza y perdiendo el conocimiento.

En la contestación de demanda obrante a fs. 56/66 UGOFE solicita en los términos del art. 94 del Código Procesal, la citación como tercero del Estaco Nación, la que es ordenada en la resolución de fs. 76/77.

Presentado el Estado Nacional, a fs. 137 vta. ap. IV opone excepción de incompetencia en razón de la persona y del territorio.-

Resulta necesario recordar que en la especie, se suscitó

una cuestión de competencia negativa entre un Magistrado de este Fuero Fecha de firma: 24/11/2015 Firmado por: MARTA DEL R MATTERA, JUEZ DE CAMARA Firmado por: B.A.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: Z.D.W., JUEZ DE CAMARA Civil con otro del Fuero Contencioso Administrativo Federal, la que fue zanjada por el Tribunal de Superintendencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil en la resolución dictada el 7/6/2013, obrante a fs.

113/113 vta.-

Sin embargo debemos poner de manifiesto que dicha resolución fue pronunciada antes de que el Estado Nacional se presentara en el...

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