Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A, 31 de Agosto de 2022, expediente FMZ 022142/2022/CA001
Fecha de Resolución | 31 de Agosto de 2022 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A
22142/2022
STRANIERO, M.M. c/ UNIVERSIDAD
NACIONAL DE CUYO s/RECURSO DIRECTO LEY DE
EDUCACION SUPERIOR LEY 24.521
M., de de 2022.
VISTOS:
Los presentes autos Nº FMZ 22142/2022/CA1, caratulados
STRANIERO, MARCELO MARIO C/ UNIVERSIDAD NACIONAL
DE CUYO S/ RECURSO DIRECTO LEY DE EDUCACIÓN SUPERIOR
, venidos a esta Sala “A” para resolver sobre la competencia en
relación al recurso deducido a fs. 2/21 según constancias del sistema Lex 100
por el actor contra la Resolución Nº 251/2022 emitida por el Consejo
Superior de la Universidad Nacional de Cuyo.
Y CONSIDERANDO:
-
Que, a fs. 2/21 se presenta el Sr. M.M.S.,
con el objeto de interponer recurso de apelación directo a los efectos de
acceder en forma directa al control jurisdiccional de la Resolución 251/2022
emitida por el Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo,
solicitando se declare su ilegitimidad y su consecuente nulidad absoluta e
insanable en los términos dispuestos por los arts. 7 y 14 de la LPA, y se
reconozca su estatus jurídico de inocencia respecto de los hechos e
imputaciones contenidas en la denuncia y en los informes elaborados por la
Fecha de firma: 31/08/2022
Firmado por: C.R.O., SECRETARIA DE CAMARA
Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: G.C. DE DIOS, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CAMARA
Consejería de Sexualidades, Identidad de Género, y Situaciones de Violencia
Patriarcal; siendo reencasillado en el nivel que ostentaba conforme Resolución
Nº 2642/2012.
-
Conferida la vista al Fiscal General ante esta Cámara a los
fines de la competencia, éste se expide respecto a considerar que los requisitos
de admisibilidad formal del presente recurso se encuentran cumplidos, ello en
razón de que la Resolución del Consejo Superior de la Universidad Nacional
de Cuyo Nº 251/2022 es un acto administrativo definitivo que causa estado y
agota la vía administrativa como lo requiere el art. 32 de la ley 24.521.
Respecto del plazo, refiere que el recurso se ha interpuesto
dentro el plazo legal de 90 días Art. 40 de la ley 25.164 de notificada la
sanción.
A su vez, entiende que la Cámara Federal de Mendoza es
competente para entender y decidir sobre el caso en análisis en razón del
territorio, ya que es el Órgano Jurisdiccional con competencia en el lugar
donde tiene su sede principal la institución universitaria.
Por todo ello, el Sr. Fiscal concluye...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba