Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala I, 4 de Abril de 2018, expediente CCF 004889/2010/CA002
Fecha de Resolución | 4 de Abril de 2018 |
Emisor | Camara Civil y Comercial Federal- Sala I |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I CAUSA 4889/2010 -
I- "DE S.M.N.C./ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE JUSTICIA SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS POLICÍA FEDERAL S/
ACCIDENTE DE TRABAJO / ENFERMEDAD PROFESIONAL.
ACCIÓN CIVIL Juzgado n° 3 Secretaría n° 5 Buenos Aires, 4 de abril de 2018.
Y VISTOS:
El recurso de apelación interpuesto por la actora a fs. 432, fundado a fs. 437, contra la resolución de fs. 431, contestado a fs. 446/447, y CONSIDERANDO:
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El señor J. no hizo lugar al pedido de ejecución de sentencia promovido por la parte actora, por considerar que -de conformidad con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa "C., G.A. -inc. ejec. sent.- y otros c/ E. N. M. de Defensa - Ejército- dto. 1104/05 1053/08 s/ proceso de ejecución" del 27.12.16- el crédito reclamado podría ser efectivizado durante todo el año 2017.
Esta decisión se encuentra apelada por la accionante, quien -en lo sustancial- sostiene que los fallos del Máximo Tribunal no son vinculantes para los jueces inferiores, y que esta S. ha decidido reiteradamente que no resulta necesario esperar el vencimiento del año para el que se hizo la previsión presupuestaria.
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En los términos en los cuales la cuestión se encuentra planteada, es adecuado recordar que el Alto Tribunal ha decidido en repetidas oportunidades que los jueces no están obligados a analizar todos los argumentos articulados por las partes o probanzas producidas en la causa, sino únicamente aquéllos que a su juicio resulten decisivos para la resolución de la contienda (Fallos 276:132, 280:320, 303:2088, 304:819, 305:537, 307:1121).
Fecha de firma: 04/04/2018 Alta en sistema: 12/04/2018 Firmado por: NAJURIETA - URIARTE, #16070276#191787929#20180404133216360 Asimismo, se debe tener presente que los jueces deben atender a la situación existente al momento de decidir (doctrina de Fallos 315: 2684 y 318: 342, entre otros; esta S., causas 1373/97 del 3.9.02, 4774/97 del 26.12.02, 21.785/94 del 18.12.03, 5766/92 del 22.5.03, 7698/03 del 16.3.06, 15.147/03 del 27.3.07, 15.110/03 del 3.5.07, 8930/04 del 17.7.07, 10.797/04 del 19.7.07, 4980/04 del 21.8.07, 14.128/04 del 23.8.07, 3117/04 del 11.3.08, 11.229/04 del 30.4.08, 3035/04 del 17.2.11, 2702/12 del 7.6.12, 2248/10 del 19.6.12, 5419/09 del 4.10.12, 6694/12 del 23.4.13, 8722/06 del 6.6.13 y 3597/11 del 5.9.13; Sala 2, causas 4404/93 del 29.10.96, 7633/99 del 28.9.00 y 1710/01 del 16.8.01, entre muchas otras), y no...
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