Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 8 de Noviembre de 2022, expediente CIV 014706/2022/CA001
Fecha de Resolución | 8 de Noviembre de 2022 |
Emisor | Camara Comercial - Sala B |
PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL - SALA B
14706/2022 - SPRATTE, G.A. c/ FC SA DE AHORRO
PARA FINES DETERMINADOS s/EJECUTIVO
Juzgado N°12- Secretaría N°24
Buenos Aires, 8 de noviembre de 2022.
Y VISTOS:
-
Toda vez que el presente proceso se desarrolló bajo la vigencia de la ley 27.423, los honorarios se revisarán de acuerdo a las pautas arancelarias dispuestas en dicha legislación (conf. esta Sala in re:
Forcam S.A. c/ Shimasho S.A. y otro s/ ejecutivo
del 26.03.2019; in re:
Asociación Educacionista Arg. c/ D`Ippolito L.A. y otro s/
ejecutivo
del 21.10.2019; in re: “G.S. c/ G.V.J. s/
ejecutivo” del 14.08.2020; in re: “T.P.A. c/ L.G.L. s/ ejecutivo” del 04.12.2020; entre otros, por aplicación del fallo de la CSJN in re: “Establecimiento Las Marías S.A. c/ Misiones Provincia de s/
acción declarativa” del 04.09.2018).
-
Por lo expuesto, en atención a la índole, calidad y extensión de los trabajos realizados que consistieron en la ejecución del incumplimiento del acuerdo celebrado en el marco de una mediación, se reducen a 6 UMA -equivalentes a sesenta y dos mil cuatrocientos pesos ($
62.400)- los estipendios de la letrada de la parte actora, S.N.A. (arts. 15, 16, 19, 20, 21, 22, 24, 25, 29 inc. f), 34 y 51 de la ley 27.423 y Ac. 25/22 CSJN).
Fecha de firma: 08/11/2022 3. N. por Secretaría del Tribunal, conforme Ac. 31/11
Alta en sistema: 09/11/2022
y 38/13 CSJN.
Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.G.V., JUEZA DE CAMARA
-
Cúmplase con la publicación a la Dirección de Comunicación Pública de la CSJN, según lo dispuesto en el art. 4 de la Ac.
15/13 CSJN y devuélvase digitalmente el expediente a la anterior instancia dejándose constancia que la presente resolución obra únicamente en soporte digital.
-
Firman las suscriptas por encontrarse vacante la vocalía n° 6
(conf. Art. 109 RJN).
MATILDE E. BALLERINI
M. GUADALUPE VÁSQUEZ
Fecha de firma: 08/11/2022
Alta en sistema: 09/11/2022
Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.G.V., JUEZA DE CAMARA
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba