Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Secretaria General 1, 25 de Noviembre de 2019, expediente CIV 033207/2019

Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2019
EmisorCamara Civil - Secretaria General 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SECRETARIA GENERAL 1 33207/2019 SPINI, C.I. Y OTROS s/SUCESION AB-INTESTATO Buenos Aires, de noviembre de 2019.- CS AUTOS Y VISTOS; CONSIDERANDO:

Vienen estos autos a conocimiento del T.unal de Superintendencia con motivo de la contienda negativa de competencia suscitada entre los Juzgados Civiles n° 11 y 19.

La peticionaria promueve el proceso sucesorio de su abuela materna C.I.S., de su madre I.A.I. y de su tío E.A.I.. Denuncia que el acervo hereditario se compone del inmueble ubicado en la calle Obispo San Alberto 2898 de la Ciudad de Buenos Aires, un departamento en la localidad de Mar del Plata, el 50% indiviso de una propiedad en la Localidad de parque L. y un local comercial en Villa Celina, Partido de la Matanza, Pcia. de Buenos Aires.

La Sra. Magistrada titular del Juzgado Civil n°

11 ordenó acumular las presentes al proceso sucesorio del cónyuge de la causante C.I.S., (expte. n° 37.447/90 caratulado “Invernati Amado Miguel s/suc ab-intestato”, radicado ante el Juzgado Civil n° 88.

A su turno, la Sra. Juez del Juzgado Civil n° 88 rechazó la asignación por ser actualmente un tribunal con competencia exclusiva en asuntos de familia, por lo que ordenó

la reasignación de los referidos autos, resultando desinsaculado el Juzgado Civil n° 19.

Tal temperamento no fue aceptado por el Sr.

Magistrado del mencionado Juzgado, por los argumentos expuestos a fs. 18/19.

Planteada en estos términos la contienda, se señala que la acumulación de las denominadas sucesiones vinculadas, al margen de lo dispuesto por el art. 696 del Código Procesal Civil y Comercial, resulta procedente cuando existe Fecha de firma: 25/11/2019 Alta en sistema: 26/11/2019 Firmado por: B.V.O.A.M.P.P. #33622320#250501425#20191122113213669 identidad de herederos y de masa hereditaria o cuando medien razones de economía procesal que así lo aconsejen, si existiesen diligencias...

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